En Mar del Plata habrá multas de hasta $4,3 millones para quienes incumplan las restricciones

Es luego que el Municipio se adhiriera a un sistema de multas anunciado semanas atrás por la provincia de Buenos Aires. Los montos serán graduales y lo recaudado será girado íntegramente a los municipios. 

Las fiestas clandestinas serán severamente castigadas con multas millonarias. (Foto archivo)

9 de Mayo de 2021 09:06

Por Redacción 0223

PARA 0223

El Municipio de General Pueyrredon adhirió al sistema de multas provincial que prevé fuertes penas a los incumplimientos de las restricciones impuestas por la pandemia del Covid-19, cuyos montos máximos pueden alcanzar los 4,3 millones de pesos.

Este viernes a través del decreto ad referéndum Nº 0811/21 del intendente Guillermo Montenegro -y refrendado por el secretario de Gobierno Santiago Bonifatti- adhirió a General Pueyrredon “en todos sus términos” a los Decretos Nº 1/2021 y 242/2021 del gobierno de la provincia de Buenos Aires, que determina una pena de hasta 500 sueldos mínimos, y que en principio recaería con más vigor a los organizadores de fiestas clandestinas.

El pasado 30 de abril el gobernador Axel Kicillof anunció este nuevo sistema de multas, que la semana pasada fue rubricado por el jefe de ministros Carlos Bianco, que destacó que lo recaudado de esos fondos irá 100% a los Municipios a través de la creación de un fondo provincial. "Esto va a hacer que las personas que no lo entienden con las neuronas, lo entiendan con el bolsillo", aseveró el funcionario.

En el decreto ad referéndum, el Municipio –tal lo establecido por la normativa provincial- será el encargado de llevar adelante la “fiscalización y juzgamiento de las infracciones referidas”.

“Que, en virtud de la situación epidemiológica actual, resulta pertinente dejar establecido que el incumplimiento de las normas dictadas en el marco de la pandemia ocasionada por la enfermedad COVID- 19, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en el Decreto-Ley N° 8841/1977, conforme el procedimiento establecido por el Decreto N° 3707/1998; instruyendo a los Ministerios de Jefatura de Gabinete de Ministros, de Gobierno y de Salud a articular con los municipios de la Provincia de Buenos Aires la implementación inmediata en sus respectivas jurisdicciones de la referida medida”.