“Te voy a cagar a tiros la casa” le dijo a la suegra: cumplió y lo condenaron a tres años y medio de prisión

El ataque ocurrió en julio de 2022 en el barrio Coronel Dorrego. A Lucas Banda Gatica le impusieron la pena tras homologar un acuerdo de juicio abreviado.

Arma secuestrada tras el hecho. (Foto: archivo 0223).

23 de Septiembre de 2023 10:24

Por Redacción 0223

PARA 0223

Un hombre de 29 años que a mediados del año pasado amenazó a la madre de la ex pareja con balearle el frente de la casa en el barrio Coronel Dorrego y luego efectuó varias detonaciones contra el frente de la misma fue condenado a tres años y seis meses de prisión tras la validación de un acuerdo de juicio abreviado en el Tribunal Oral en lo Criminal N°4. Lucas Banda Gatica seguirá alojado en la Unidad Penal N°15 de Batán en cumplimiento de la sentencia por amenazas, encubrimiento y portación ilegal de arma de fuego.

Según la hipótesis del fiscal de Flagrancia Guillermo Nicora, la mañana del 9 de julio de 2022, Banda Gatica llegó a una vivienda en inmediaciones de las calles Falucho y Coronel Suárez y amenazó a la madre de su ex pareja. "Yo no soy ningún gil, yo soy chorro. Voy a venir y te voy a cagar a tiros la casa, ya sé que mi mujer está acá adentro”, le dijo según consta en la sentencia a la que tuvo acceso este medio.

Juez Gustavo Fissore. (Foto: archivo 0223).

Instantes después, regresó a bordo de un auto Ford Fiesta y efectuó tres disparos contra el frente y se dio a la fuga. Poco después fue aprehendido por personal policial que secuestró una pistola Bersa calibre .45 sin numeración visible por encontrarse suprimida y con tres municiones en su interior que había descartado durante la huída en inmediaciones de las calles Rawson y Leguizamón.

El origen del conflicto, como detalló la propia ex pareja del imputado, fue la decisión de cerrar una relación de cinco años durante los que sufrió violencia doméstica. Para el Juez Gustavo Fissore, el imputado no aceptó esa decisión y “desplegó toda su violencia machista para obligarla a regresar a la vivienda”.

Para el magistrado fue inverosímil la excusa de Banda Gatica durante su declaración cuando sostuvo que se encontró en la puerta de la casa de la ex suegra con un hombre armado con el que confrontó y que tras sacarle el arma disparó para defenderse, pero no contra la vivienda.

Al momento de calificar los hechos discrepó con el tipo penal propuesto por el Fiscal que había sostenido que el acusado disparó contra la en circunstancias que la mujer egresaba de la misma. La prueba presentada excluyó la aplicación del tipo penal postulado y no pudo corregirse “porque significaría sorprender a la defensa técnica y al imputado por violar el principio de correlación entre la acusación y la defensa, que constituye una de las garantías del debido proceso penal”.

Fiscal Guillermo Nicora.(Foto: archivo 0223)

En la sentencia se descartaron cuestiones eximentes de la responsabilidad penal y agravantes, aunque se valoró como atenuante la buena conducta, la voluntad de abordar durante su encierro su problemática de consumo y la ausencia de antecedentes penales.

Tras aclarar que la absolución por el delito de abuso de armas no iba a repercutir en el monto de la pena a imponer, Fissore condenó a Lucas Exequiel Banda Gatica como autor de los delitos de amenaza y encubrimiento en concurso ideal con portación ilegal de arma de guerra a la pena de tres años y seis meses de prisión.

Luego de ordenar el decomiso de las armas secuestradas y sus respectivos proyectiles, ordenó que se practique el cómputo de la pena que cumple en la Unidad Penal N°15 de Batán y que se le de intervención a la Justicia de Ejecución Penal.