Está detenido por un robo y un homicidio, quedó ciego y le dieron arresto domiciliario

La Cámara de Apelación y Garantías revocó la oposición del Juzgado de Garantías N°1. No podrá tener contacto alguno con las víctimas hasta la culminación del proceso.

Fue detenido días después del homicidio.

4 de Junio de 2026 21:54

Por Redacción 0223

PARA 0223

"Una ceguera total e irreversible (amaurosis) en ambos ojos, con el ojo izquierdo en etapa terminal por un trauma severo previo". El contundente informe que  hiceron los profesionales del Centro de Especialidades Médicas Ambulatorias (CEMA) y se incorporó a la Asesoría Pericial fue fundamental para otorgar el arresto domiciliario a un hombre detenido desde noviembre de 2025.

Sergio Luna, conocido como “Beby Moyano”, está acusado de participar de un robo millonario a una panadería en Miramar y de integrar el grupo que mató al puestero Alberto Costa (75) en un campo de Otamendi. En ese segundo hecho recibió el disparo en el rostro que terminó con las heridas graves que provocaron su ceguera. 

Momento de la detención.

A fines de marzo de este año el Juzgado de Garantías N° 1 rechazó el pedido de morigeración a la medida de coerción impuesta a "Beby Moyano"  y gestionó a la Dirección de Política Penitenciaria la obtención de cupo en alguna de las Unidades Penales con internación.

La defensa de Luna, a cargo de la abogada Paula Oviedo, interpuso un recurso de apelación donde dijo que se  omitió valorar adecuadamente la gravísima discapacidad visual que presenta el imputado como consecuencia de una herida de arma de fuego sufrida con anterioridad a su detención. La profesional sostuvo que esa circunstancia le impedía valerse por sus propios medios y tornaba procedente la aplicación de los mecanismos legales previstos para compatibilizar el encierro cautelar con la protección de su integridad física y dignidad personal.

Los miembros de la Sala II de la Cámara ordenaron una serie de gestiones que incluyeron la materialización de un turno médico y elaboración de informe oftalmológico en el CEMA el pasado 20 de mayo que fue remitido a la Asesoría Pericial Departamental.

Lo resolvió la Sala II.

Los jueces Marcelo Madina y Adrián Angulo consideraron que está acreditado, con el grado de certeza propio de esta etapa, que Luna presenta una severísima afección visual -ceguera bilateral- derivada de una herida de arma de fuego en el rostro.

Para los Jueces, la dinámica diaria de su estadía en detención dentro de la Unidad Penal afecta gravemente su dignidad humana, tales la imposibilidad de poder higienizarse por sus propios medios, como así también de comunicarse telefónicamente de manera autónoma y privada con sus familiares y con la propia defensa o alimentarse en forma independiente. "Luna está detenido para asegurar el proceso, no para soportar un plus de sufrimiento derivado de una discapacidad visual severa e irreversible", indicaron.

"En las circunstancias concretas acreditadas, el mantenimiento en un establecimiento penitenciario podría implicar , por la discapacidad que presenta, un agravamiento ilegítimo de las condiciones de detención. Por ende, resulta adecuado al caso imponer la adopción de una modalidad cautelar compatible con tales estándares sin menoscabo de los fines del proceso", agregaron.

Se tramitó en Tribunales.

Los miembros de la Sala II revocaron la decisión del Juez de Garantías Daniel De Marco e hicieron lugar a la morigeración de la medida de coerción bajo la modalidad de arresto domiciliario con control de monitoreo electrónico, bajo la imposición de las reglas compromisorias que el magistrado de la instancia estime pertinente.

En tal sentido indicaron que entre esas reglas debe constar la prohibición de contacto por cualquier medio físico y/o tecnológico -telefónico, internet, redes sociales, etc.- por sí y/o por intermedio de terceros respeto de las víctimas de autos, hasta la conclusión del proceso.

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