Declararon inválido el artículo del DNU que habilita las Sociedades Anónimas Deportivas

La Justicia hizo lugar a la cautelar pedida desde la Asociación del Fútbol Argentino.

El juez federal Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto emitió este martes el dictamen

30 de Enero de 2024 20:40

Por Redacción 0223

PARA 0223

La Justicia Federal hizo lugar a la medida cautelar presentada, a partir de la petición de una liga afiliada a la Asociación del Fútbol Argentino, para suspender los artículos del Decreto de Necesidad y Urgencia que habilitan la conformación de las Sociedades Anónimas Deportivas.

Se trata del juez federal de Mercedes, Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto, quien emitió este martes el dictamen a raíz del recurso presentado por la Liga de Salto para “hacer lugar a la medida cautelar solicitada, previa caución juratoria, ordenando al Estado Nacional la suspensión de los artículos 335° y 345° del DNU de Milei.

Sin lugar a dudas, se trata de una buena noticia para el ente madre del fútbol argentino que se encuentra en lucha contra esta problemática desde hace varios años.

Vale recordar que, al respecto, el Presidente había mencionado que "lo interesante de las SAD en el fútbol es que la inversión entra muy rápido. Porque es un negocio muy fácil. No hay que urdir una maquinaria enorme, porque construir una planta te puede demandar, no sé, dos años". 

"Está la voluntad de inversión manifestada por Chelsea, en el caso de querer comprar a Boca, Racing, Newell’s, Lanús y Estudiantes. Hay grupos árabes con deseos de invertir 3.000 millones de dólares", había dicho.