Mató al vecino a puñaladas e intentó escapar por los techos: once años de prisión

La pena a Diego Walter Arias se resolvió tras un acuerdo de juicio abreviado. La familia de la víctima consintió la calificación y el monto de pena. El hecho ocurrió en noviembre de 2022 en la Villa de Vértiz.

Lo atraparon en los techos de la vivienda.

11 de Agosto de 2024 20:04

Por Redacción 0223

PARA 0223

Un hombre de 34 años que en noviembre de 2022 mató de un puntazo en el pecho a un vecino en el pasillo del asentamiento conocido como Villa de Vértiz fue condenado a once años de prisión tras la validación de un acuerdo en el Tribunal Oral en lo Criminal N°4 en el que la familia de la víctima prestó conformidad para la calificación de homicidio y la pena impuesta.

Operativo policial en el lugar del hecho.

El mediodía del 1 de noviembre de 2022, en el pasillo de acceso del asentamiento ubicado en inmediaciones de la intersección de las calles Juramento y San Salvador de esta ciudad, Diego Walter Arias le asestó una puñalada en la zona pectoral y dos en los muslos a Leonardo Ezequiel Miranda (33) que fue trasladado de urgencia al Hospital Interzonal General de Agudos (Higa). La víctima, domiciliada en ese lugar, murió poco después.

En la sentencia a la que tuvo acceso 0223, el Juez Gustavo Fissore dio por probado el dolo homicida a partir de las características del ataque ya que “el agresor utilizó un cuchillo y se lo asestó en la zona torácica, lesionando justamente el ventrículo del corazón. Esto denota direccionalidad y despliegue de una fuerza necesaria para llegar hasta ese órgano muscular vital”.

Si bien el magistrado tomó de los dictámenes periciales que el imputado tenía la conciencia perturbada al momento del hecho porque padecía un estado morboso de sus facultades, no consideró que eso le haya impedido comprender la criminalidad del acto y dirigir sus acciones. En tal sentido concluyó que Arias “actuó comprendiendo la criminalidad de su acto y que dirigió su acción (apuñalamiento) conforme a esa comprensión, por lo que resulta imputable de su injusto”.

A partir del acuerdo presentado por la fiscalía y la defensa, valoró como atenuante la ausencia de antecedentes penales condenatorios, el buen concepto vecinal -que correspondería presumir ante la falta de informe respectivo-, su problemática adictiva, la culminación de sus estudios secundarios y cursos en su detención, el cuadro médico psiquiátrico con el que ingresó al penal luego de ocurrido el hecho, la patología que padece y los informes elaborados por las peritos oficiales.

Fiscal Arévalo y autoridades de la DDI.

En cuanto a los agravantes, consideró el pedido del fiscal Leandro Arévalo que computó la existencia de una relación de amistad previa con la víctima, que disminuyó notablemente el alerta de ésta en la tarea de defensa y rechazó la extensión del daño causado a partir de los datos de vida de la víctima que fueran aportados por sus familiares.

Fissore conde a Diego Walter Arias como autor del delito de homicidio, a la pena de once años de prisión y explicó que la reducción en seis meses de la pena acordada obedeció a la exclusión de una agravante que fuera considerada por la Fiscalía y a la receptación de las atenuantes postuladas por la defensa técnica durante la audiencia de ratificación del acuerdo de juicio abreviado.