Nuevos requisitos para el uso de cannabis medicinal: quiénes se verán afectados
El Gobierno nacional estableció modificaciones para autorizar la inscripción al Reprocann. Qué se necesita para obtener la habilitación.
Por Redacción 0223
PARA 0223
El Gobierno nacional -a través del ministerio de Salud- formalizó los cambios en el Registro del Programa Nacional de Cannabis Medicinal (Reprocann). Dichas modificaciones tienen el objetivo de fortalecer los controles y la transparencia. Sin embargo, las modificaciones alcanzan específicamente a cultivadores solidarios y las Organizaciones No Gubernamentales (ONG).
Por medio de lo establecido, se pretende recuperar el "espíritu inicial del programa", contenido en la Ley N°27.350, sobre la investigación médica y científica del uso medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor de la planta de cannabis y sus derivados, garantizando y promoviendo el cuidado integral de la salud.
La medida quedó formalizada a través de la Resolución 3132/2024 publicada este martes 20 de agosto en el Boletín Oficial. La misma busca fortalecer el sistema de registro y de gobernanza con mayores requisitos, y regularizar las inscripciones según criterios de criticidad.
En cuanto a los requisitos, se establece como excluyente para solicitar la inscripción en el Reprocann contar con indicación médica para uso de cannabis y sus derivados por parte de un profesional médico que se encuentre registrado en la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud (Refeps) y poseer una diplomatura o maestría sobre el uso medicinal de la planta del cannabis medicinal.
A su vez, es preciso destacar que en los próximos días se va a convocar al Consejo Consultivo para trabajar de manera conjunta en el cumplimiento de los objetivos de la ley y de la resolución. Y se creará un Registro en cada jurisdicción.
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Principales modificaciones de la nueva resolución
- El registro para cultivadores solidarios se limitó a 2 personas.
- Las ONG deberán estar registradas y habilitadas ante el organismo de inscripción y fiscalización que corresponda a cada jurisdicción
- Notificación al municipio del objeto de la ONG/Asociación civil.
- Tener como parte de su objeto social el fin sanitario y la investigación del uso medicinal de la planta de cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales.
- Los miembros de la comisión directiva de las ONG no deben tener antecedentes penales.
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