Mató a puñaladas a un motociclista: rechazaron la apelación de la defensa y seguirá preso
La Sala II del Tribunal de Casación definió como improcedente el pedido de la defensa de Jorge Mattar. El año pasado lo condenaron a doce años de prisión por el crimen de Leandro Vilugrón.
Por Redacción 0223
PARA 0223
Dieciséis meses después de que un jurado popular declarara culpable a Jorge Mattar por el homicidio de Leandro Vilugrón y que se lo condenara a doce años de prisión, la Sala II del Tribunal de Casación rechazó por improcedente el recurso de casación articulado por la defensa particular.
En marzo del año pasado y tras la audiencia de cesura, el Juez Fabián Riquert impuso una pena de 12 años por el delito de homicidio y tenencia ilegal de arma de fuego que vencerá el 9 de julio de 2034. El jurado popular había descartado que Mattar hubiera actuado bajo emoción violenta cuando atacó a Leandro Vilugrón y lo apuñaló cuatro veces, o que fuera inimputable como planteó su defensa.
La decisión de la Sala II fue notificada a los abogados Maximiliano Orsini y Martín Bernat en representación de los padres y la pareja de Leandro Vilugrón, respectivamente, y a la defensa de Mattar a cargo de César Sivo y Romina Merino.
El recurso de casación apunto a la sentencia condenatoria emitida por el Juez a partir del veredicto de culpabilidad –irrecurrible- que hizo el jurado popular. Sin embargo consideraron que no se demostró que “la voluntad de los integrantes del jurado pudo haber sido afectada”.
“No se generó siquiera una presunción indicativa de parcialidad o sesgo que lo contamine, por lo que, desde esta arista, en el caso se garantizó un juicio justo y, en base a los fundamentos expuestos, el reclamo no habrá de prosperar”, dijeron los jueces María Florencia Budiño y Fernando Luis María Mancini.
En la resolución de 33 páginas a la que tuvo acceso 0223 tampoco se acompañó el agravio de la defensa en cuanto alega apartamiento manifiesto del veredicto del Jurado respecto de la prueba producida en el debate.
“En el caso se cumplió el procedimiento legal previsto para la confección de las instrucciones. Las instrucciones dadas en el caso explicaban con suficiencia al Jurado cual era la prueba que debían valorar, los diversos tipos de prueba, las pautas para ponderar la misma, el alcance de su decisión, la inadmisbilidad de decidir en base a prejuicios, las reglas que debían observar para la deliberación”, agregaron.
El crimen
Minutos después de las siete de la tarde del 10 de julio de 2021 Jorge Mattar -de 54 años- descendió de su camioneta VW Amarok en la intersección de Juan B. Justo e Independencia, increpó a Vilugron, que iba a bordo de una moto Honda XR 125 y con el que había mantenido una discusión previa, y le efectuó cuatro puñaladas antes de escapar del lugar.
Con heridas en el maxilar, la clavícula, el hombro y en una mano –esa última presumiblemente defensiva- la víctima fue trasladada al Hospital Interzonal General de Agudos (Higa) Dr. Oscar Alende, pero falleció producto de un paro cardíaco por hemotórax masivo.
Dos días más tarde, el acusado prestó declaración en Tribunales y dijo no recordar lo que había sucedido. Detenido desde la misma tarde del hecho, a mediados de agosto de 2023 se dictó su prisión preventiva.
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