Paseo Aldrey: la Justicia aplicó multa e intimó a retirar pantallas Led por violar el Código de Publicidad

Lo resolvió el juez de faltas, José Oteiza. “Los carteles son antirreglamentarios y generan distracción potencial al tránsito vehicular”, consideró el magistrado.

1 de Septiembre de 2016 08:17

La Justicia intimó al Paseo Aldrey para que retire las pantallas de led publicitarias instaladas en el emprendimiento comercial por violar el Código de Publicidad. 

En la resolución judicial, a la cual 0223 tuvo acceso, el Juez de Faltas, José Oteiza, le aplicó una multa de 6 mil pesos a Emprendimientos Terminal SA y dispuso  la cesación de la publicidad y el retiro de las pantallas de led publicitarias del Paseo Aldrey, ubicado en el predio de la vieja terminal de micros.

En ese sentido, el magistrado señaló que “las pantallas de led de dos caras colocadas en la manzana delimitada por las calles Alberti, Las Heras, Rawson y Sarmiento de esta ciudad, son antirreglamentarias toda vez que no se ajustan a las disposiciones del Código de Publicidad. En esa manzana está la histórica Estación Terminal Sur, de patrimonio de la ciudad”.

A continuación, Oteiza recalcó que “para la colocación de elementos publicitarios en edificios declarados de interés municipal, deberá tramitarse su autorización por ante el Departamento Ejecutivo, el cual de ser viable será enviado para su tratamiento al Honorable Concejo Deliberante. En idéntico sentido, se establece para los elementos publicitarios electrónicos animados, que deberán ser autorizados para cada caso en particular, por el Honorable Concejo Deliberante”. 

Además, el juez sostuvo que “es evidente que la instalación de los carteles publicitarios no están en el interior de los locales. Por ello, no es de aplicación el artículo 2 del Código de Publicidad. Asimismo, si bien manifiestan que los carteles estaban en etapa de ajusta y redujeron posteriormente su brillo, generan al ser animados distracción potencial al tránsito vehicular”.

Al mismo tiempo, especificó que “el artículo 11 del Código de Publicidad señala los requisitos de los carteles publicitarios y los instalados en el Emprendimiento Terminal SA superan las medidas y su correcta ubicación”.

“Si bien es de contemplar la inversión y el aporte realizado por la firma Emprendimientos Terminal SA para la ciudad, ello no significa desde un punto de vista estrictamente legal, que la actividad publicitaria allí realizada, no deba ajustarse a las disposiciones del Código de Publicidad Urbana del Partido de General Pueyrredon. Especialmente, gestionar la previa autorización del Concejo Deliberante”, concluyó el juez Oteiza. 

En el pasado mes de mayo, tal como reveló este diario digital, el Ejecutivo local intimó al Paseo Aldrey para que retire dos pantallas Led por violar el Código de Publicidad. 

En el marco de una audiencia que se realizó en el Juzgado de Faltas, la empresa del titular del multimedios La Capital rechazó que sea una irregularidad lo constatado por el municipio.“Negamos que el hecho constatado sea constitutivo de una falta”, afirmó Gastón Villegas, en su carácter de apoderado de Emprendimientos Terminal SA.

En la documentación oficial, la Comuna detalló que las pantallas Led del shopping de Aldrey Iglesias “están ubicadas 3,5 metros de la línea municipal hacia adentro del predio; una visible desde la calle Sarmiento y otra desde la calle Las Heras”. 

Según consideraron desde el municipio, las dos pantallas publicitarias podrían “provocar el deslumbramiento y/o distracción de los conductores que circulan por ambas calles”. Al mismo tiempo, se resaltó que “estos elementos publicitarios son antirreglamentarios, ya que se encuentran debajo de los 2,20 metros de altura permitidos, son animados y supera el número de elementos publicitarios permitidos”. Finalmente, la Justicia le dio la razón al gobierno de Carlos Arroyo.