Los Silos de la Discordia

20 de Abril de 2006 22:55

Por Redacción 0223

PARA 0223

Tal como anticipó este portal de noticias, las quejas en el barrio Las Heras se suman una tras otra, sin encontrar ningún tipo de respuesta de los funcionarios de turno. A la grave denuncia de la supuesta contaminación por el accionar de una docena de silos, se le agrega la preocupación de los vecinos debido a los pasos a nivel sin habilitar. 0223.com.ar publica un informe inédito sobre este tema, donde se marcan serías irregularidades por parte de la empresa en cuestión. En ese sector de General Pueyrredón, se están construyendo trescientas viviendas del denominado Plan Dignidad. Tal como anticipó este portal de noticias, las quejas en el barrio Las Heras se suman una tras otra, sin encontrar ningún tipo de respuesta de los funcionarios de turno. A la grave denuncia de la supuesta contaminación por el accionar de una docena de silos, se le agrega la preocupación de los vecinos debido a los pasos a nivel sin habilitar. 
0223.com.ar publica un informe inédito sobre este tema, donde se marcan serías irregularidades por parte de la empresa en cuestión. En ese sector de General Pueyrredón, se están construyendo trescientas viviendas del denominado Plan Dignidad.

LAS DENUNCIAS
Días atrás, integrantes de la Sociedad de Fomento Las Heras denunciaron contaminación a causa de una docena de silos que se encuentran en ese sector del Partido de General Pueyrredon.
“Hace treinta años habría 7 mil personas en el barrio y había 4 o 5 silos funcionando. En la actualidad hay 14 silos que están funcionando y hay 6 silos más para habilitar. Habría que realizar un estudio de impacto ambiental. Hay mucha gente por problemas bronco respiratorios que se hacen atender en la salita por la alergia que causa el polvillo de los silos en el ambiente”, denunció a 0223.com.ar, el Presidente de la Sociedad de Fomento Las Heras, Roque Benavides.
Y agregó “esto lo sufren diariamente los vecinos que están frente a los silos”.
Cabe recordar, que el Municipio y la Provincia firmaron un convenio que contemplaba, a corto plazo, construir en Mar del Plata unas 500 casas de 52 metros cuadrados.
El primer objetivo sería relocalizar las villas de emergencia de Vértiz y Paso, pero no se descarta que se puedan ubicar a familias carenciadas de otros asentamientos de la ciudad.
Los barrios para realizar estas casas son, por ahora, Don Emilio y Las Heras.

UN VIEJO RECLAMO
La comisión directiva de la Sociedad de Fomento del Barrio Juan Gregorio Las Heras, denunció en Marzo de 2003 ante la Defensoría del Pueblo que desde hace muchos años están radicados en la calle Rufino Inda y Calabria silos de acopio de cereal. A tal efecto se genero una actuación registrada bajo el N° 0052 .
Que ,según vecinos, detectaron padecer enfermedades bronquiales y alergias de diversa seriedad, a causa del material particulado que se desprenden, y los productos químicos que se utilizan para la buena conservación del cereal. Manifiestan que en horario nocturno se traspasa el cereal de un silo a otro ocasionando ruidos en hora de descanso, que se transporta aproximadamente 40 toneladas de cereal por el barrio, en camiones de gran porte sin contar con el acceso adecuado por contar con calles angostas las cuales no están preparadas para ese tránsito.
Por lo expuesto en primera instancia, la Defensoría solicitó informe al Director de Protección sanitaria Dr. Francisco Varela, Director de Inspección General Claudio Gómez, contestando el segundo funcionario que el establecimiento cuenta con habilitación desde el 12 de diciembre de 1998.

PELIGRO
El 30 de Abril de 2.003 aparece un informe en el expediente de la Defensoría firmado por el presidente de la sociedad de fomento y su coordinador y el Doctor Juan Montenegro de la dirección de atención primaria donde se marcaría en forma textual que supuestamente los silos "impactan en el medio ambiente ocasionado y desestabilizando cuadros respiratorios tanto en adultos como de niños en lo referente a patologías asmáticas y/o alérgicas. El impacto en la salud de la población refleja en las consultas diarias tanto pediátricas como de adultos en los consultorios de la unidad sanitaria del barrio”.
En reunión realizada en Defensoría del Pueblo, presentes el ex Defensor del Pueblo Dr. Rubén Vespa, el ex concejal de la UCR Norberto Pérez y su secretario, Dr. Pedro Catalano, presidente de la Asociación Arbolar, Dr. Simón Caparros por parte del área de Gestión Ambiental del Municipio, Ing. Cosme Evans, en representación de Obras Sanitarias, Ingeniero Máximo Mena, representante de la Universidad Nacional de MDP, Lic. Mónica García, representante de las asociaciones de fomento, se acuerda realizar una inspección para controlar las habilitaciones y requisitos exigidos para el normal funcionamiento de la empresa, y si cuenta con autorización municipal para ejecución de obra nueva. También, se presentó en el lugar el ex Secretario de Obras y Planeamiento Urbano Arq. Canepa y se decide realizar una inspección en conjunto Gestión Ambiental, Obras y Planeamiento Urbano e Inspección General.

SILOS CLANDESTINOS
Desde Obras Privadas el Arq. Carpinelli informó al Secretario de Obras Arq. Canepa que el 5 de mayo de 2.003 se inspecciona detectando la ejecución de la ampliación mencionada (dos silos terminados y las bases para la colocación de otro) sin autorización municipal, labrándose el acta de constatación en fecha 13/05/03 bajo el Nº 281257 y paralización de la obra informando al juez lo del departamento de Uso de Suelo. La obra en cuestión cuenta con planos aprobados como depósito acopio de cereales en el año 1997.
El 13 de mayo del 2003 se consulta al departamento de Uso de Suelo, informando este que la ampliación ejecutada ahora antirreglamentaria en virtud de la Ley Provincial 12.605 del año 2001. La mencionada Ley en su articulo 3 subraya que “para la aprobación del proyecto, habilitación y/o funcionamiento de nuevas plantas, ampliaciones y/o modificaciones de las existentes, se deberá haber presentado el estudio de impacto ambiental en el Capitulo III y cumplir con lo normado en el articulo 2º”.
El 7 de mayo del mismo año, el propietario se comprometió ante Obras Privadas a paralizar la obra y presentar la documentación técnica correspondiente.
Una semana después se da intervención al Departamento de evaluación y control ambiental y también el departamento de Uso de Suelo por petición del inspector de obras privadas informa lo siguiente:“Visto lo solicitado precedentemente se informa que de acuerdo a lo dispuesto en el Capitulo VI (de zonificación), articulo 14 de la ley Provincial 12.605 no se podrá instalar nuevos establecimientos en las zonas urbanas y perurbanas por lo que al caso en cuestión le cabe tal restricción para los silos de almacenamiento descriptos. Cabe agregar además, respecto al establecimiento existente, que deberá verificarse la adecuación de sus instalaciones a lo regulado en el articulo 2º de la mencionada ley, debiendo obtener la Declaración de Impacto Ambiental”.
Hasta la fecha los silos se habrían encontrado con ampliación clandestina, habilitación desde 1998, cuando funcionaban desde 1967 y sin impacto ambiental con el agravante de no haber adecuado el establecimiento conforme a la ley 12.605 del año 2001, mientras continuaban funcionado, sin tener la seguridad de que no contaminaban el medio ambiente.
De todas las irregularidades, el día 18 de junio del 2003 se dio conocimiento al Concejo Deliberante y al intendente Katz.
El 4 de septiembre del 2003 se pidió desde la Defensoría del Pueblo, pronunciamiento al Cuerpo Deliberativo y al Jefe Comunal, ya que hasta la fecha no se tenía respuesta.
Cinco días después, se gira desde el Concejo respuesta a la Defensoría únicamente indicando Nº de expediente de entrada 527/DP/03 informando que el mismo se giró a la Comisión de Medio Ambiente.
El 21 de mayo del 2003, la Dirección de Gestión Ambiental intimó a la firma a la presentación del estudio de impacto ambiental, solo de los sectores que se encuentran habilitados, para dar cumplimiento a la ley 12.605, sin tener esa dependencia conocimiento de nuevas ampliaciones, dando lugar a realizar acta de constatación Nº 259.499, respuesta a Defensoría con fecha 04/09/03.
Según informe emitido por la dirección de obras privadas el establecimiento contaba con 10 silos aprobados, 2 ejecutados clandestinos y un tercero con la ejecución de cimientos. (total 12 silos)

BUSCANDO RESPUESTAS
El 6 de octubre al año mencionado, la Defensoría solicitó informe a la Dirección de Gestión Ambiental si la empresa en cuestión ha sido intimada para la presentación de Estudio de Impacto Ambiental.
También, la Defensoría con fecha 06/10/03 requirió al Juzgado de Faltas si ha tomado resolución con referencia la acta 259.499.
Desde Juzgado de Faltas se da respuesta por un comercio ubicado en calle Alvarado Nº 3326, motivo por el cual se reiteró pedido de informe telefónicamente
El 6 de octubre del 2003 se solicita a gestión ambiental si se ha reiterado la intimación a la firma de la presentación del estudio de impacto ambiental, Caparros, once días después, le comunicó a Defensoría que se presentó la documentación de estudio de impacto ambiental, encontrándose en estudio.
El 22 de octubre del 2003 se solicitó a Gestión Ambiental desde la Defensoría Copia Certificada de Impacto Ambiental.
La firma en cuestión presentó documentación de estudio de impacto ambiental, emitiéndose copia a Defensoría del Pueblo, determinado que establecimiento es de 2º categoría.
La ley 12.605 en el articulo 2º inciso 4 establece “la zona de carga y descarga de camiones o vagones deberá confinarse en espacio totalmente cerrado y provisto de un sistema de aspiración con ciclones, filtros u otros medios que permitan la captación y recolección de polvillo y granza..”, mientras que la firma no habría cumplido con este requisito, puesto que la carga y descarga es realizada en un espacio semi - cubierto, mientras que continuaría funcionando.
En croquis presentados no estaría determinado cual será el sector de estacionamiento de camiones en espera de carga o descarga, como es solicitado en la ley 12.605 en él articulo 2º inciso 1º, relacionado el movimiento de camiones con la productividad del establecimiento.
En el informe de Impacto Ambiental presentado se menciona que el establecimiento cuenta con habilitación desde 1972, contradiciendo lo que manifiestan los funcionarios municipales.
La ampliación última de los silos no habría cumplido con lo normado en la ley 12.605 articulo 3º, puesto que no contaron con estudio de impacto ambiental para realizar ampliaciones y/o modificaciones de las existentes.
Gestión ambiental solicita a la empresa estudio de impacto ambiental sobre los silos habilitados (10 silos), en la documentación que se presenta manifiesta que la firma posee 19 silos.
Desde Defensoría del Pueblo, el 3 de diciembre del 2003, se requirió a Medio Ambiente si se ha evaluado el Estudio de Impacto Ambiental, respondiendo ésta que se le ha solicitado por cedula de notificación lo siguiente:

- Documentación firmada por profesionales con incumbencia.
- Estado del trámite de inscripción de generador de efluentes gaseosos en provincia.
- Replanteo de manual de gestión ambiental.
- Zona de carga y descarga deberá cumplir art. 2º ley 12.605
- Realizar mediciones de ruidos, con observaciones del confort sonoro.
- Constancia de desinfección
- Copia de recetas agroquímicas.

TAMBIEN RUIDOS MOLESTOS
Las mediciones de ruidos realizadas no manifestaron los horarios del día de la toma de sonido, y en los informes los ingenieros recomiendan a la firma incorporar medidas que tiendan a disminuir aún más el nivel sonoro que produce la actividad, que llega al entorno inmediato, tomando como medida paliativa el implante de 40 ejemplares arbóreos.
El 23 de diciembre del año 2003, Defensoría del Pueblo solicitó informe si la firma dio cumplimiento a los requerimientos de la cédula de notificación, reiterando el pedido el 27 de enero del 2004
Dos días después, la dependencia de Medio Ambiente contestó que la documentación fue presentada quedando pendiente la conclusión de obras.
El 10 de febrero del 2004, la Defensoría del Pueblo invitó a Simón Caparros, éste no acude y da respuesta que con fecha 11 de febrero de 2004 se inspecció el lugar informando que la firma ha realizado las tareas pendientes, concluyendo en el otorgamiento del Impacto Ambiental con la misma fecha, es decir el mismo día.

CONCLUSIONES LAPIDARIAS
Ante este polémico panorama, el concejal sobischista Julio Lobato e integrantes de su equipo técnico de asesores realizaron un minucioso y preciso informe, y llegaron a las siguientes conclusiones:
- Durante todo el proceso de presunta adecuación, la firma no ha cesado en ningún momento su actividad, por lo tanto si ésta ocasionaba molestias, las sigue ocasionando
- En los informes presentados, no declaran que la firma en ocasiones trasvasa el cereal en horarios nocturnos, por ello las mediciones de sonido deberían realizarse en ese horario, siendo ésta la condición más desfavorable para la firma pero la que realmente puede garantizar si los ruidos son o no molestos para los pobladores circundantes.
- En ninguna actuación realizada por el municipio se ha garantizado a los pobladores del sector que las partículas que puedan llegar a emanar desde los silos puedan no ser perjudiciales para la salud.
- No consta si se ha cubierto las bases del silo no autorizado.
- No ha quedado determinada la capacidad de estacionamiento de camiones con relación a la producción.
- No se ha cerrado por completo el sector de carga y descarga del cereal.
- No se ha tenido en cuenta el potencial riesgo de explosiones que puedan ocasionarse por el gas que emana el cereal.
- Existe diferencia en la superficie aprobada en el año 1997 a la declarada en 2005 de aproximadamente 500 m2.
- Quien llegó primero, en este caso las dos partes tienen derechos pero quien es el responsable de la instalación y ampliaciones de los silos, a medida que los mismo fueron poblándose alrededor con viviendas con un uso admitido de R6, sino más que el mismo municipio.
- De aprobar la ordenanza presentada en el HCD, blanquearía la situación para que la firma amplié acorde a sus necesidades.

AUTOR / FUENTE: Carlos Walker

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