Los condenan por lavado de activos y decomisan dos casas, ocho autos y una casilla rodante

Se resolvió tras un juicio abreviado en el Tribunal Oral Federal. Penas de hasta seis años para nueve imputados. Otras diecinueve personas irán a juicio.

26 de Junio de 2020 08:22

Por Redacción 0223

PARA 0223

Ocho hombres y una mujer que reconocieron la autoría y responsabilidad en el delito de narcotráfico y lavado de activos fueron condenados a penas de ejecución condicional y de efectivo cumplimiento de hasta seis años de prisión tras la realización de un juicio abreviado. En la sentencia suscripta por el Juez Mario Alberto Portela y la secretaría a cargo de Leandro Massari se dispuso el decomiso de varios bienes muebles e inmuebles adquiridos con el producto de actividades delictivas.

En el comienzo de la sentencia de 128 páginas a la que tuvo acceso 0223 se aclaró que el acuerdo no incluía la totalidad de los imputados –muchos de ellos integrantes de la comunidad zíngara- que fueron requeridos a juicio ya que optaron por ir a juicio oral y público como manifestaron en la audiencia preliminar celebrada el pasado 11 de febrero.

Con distinto grado de participación en varios hechos, la fiscalía solicitó la condena de Juan Manuel Mariscal, Carlos Damián Denot, Martín Ariel Mariscal, Gustavo Horacio Binot, Eduardo Esteban Mariscal, Jonathan Gustavo Cabanchik, Juan Andrés Arias y Lorena Amanda Chavarría. En la investigación se consideró que intervinieron en forma organizada junto a otras personas, por lo menos desde el año 2011 y hasta el 9 de septiembre de 2016, en maniobras para efectuar operaciones comerciales a través de las cuales fueron puestos en circulación, dentro del mercado, bienes no declarados conforme la ley, previamente adquiridos con fondos de origen ilícito. Por la comercialización de estupefacientes y la tenencia de armas también se condenó a Marcos Aníbal Roldán.

“Con habitualidad y de manera organizada y/ o asociada, cada uno, en nombre propio y/o a través de personas físicas y/o jurídicas, e incluso entre la misma organización o allegados a ella” utilizaron -a modo de “pantalla”- los locales comerciales de nombre “Dijon Suspensiones” y la Sociedad “El Mariscal Nuevos Tiempos SRL”, como así también la supuesta concesionaria de compra y venta de vehículos automotores no registrada que se ubicaba en la avenida Jara 3842.

“Todo ello, a los fines de disimular la fuente real de los fondos y obtener la apariencia de licitud de los mismos, toda vez que el registro de actividad económica y patrimonio de cada imputado no era acorde con lo declarado ante la AFIP sobre la actividad comercial o los ingresos”, señalaron.

Relación con un secuestro millonario de cocaína y venta al menudeo

En sintonía con el requerimiento de elevación a juicio de estos delitos, la fiscalía imputó a Martín Ariel Mariscal como colaborador secundario, en la maniobra de tráfico de estupefacientes detectada a fines de febrero en 2013. En esa oportunidad personal policial interceptó en el kilómetro 392 de la autovía 2 –a la altura del  barrio “El Sosiego”- una  Mercedes Benz Sprinter que conducía su padre Juan Manuel Mariscal en la que llevaba ciento cincuenta y tres ladrillos con clorhidrato de cocaína con un peso superior a los 165 kilogramos.

También se imputó a Marcos Aníbal Roldán de cinco hechos por tenencia y distribución de estupefacientes que le eran proveídas por Gustavo Horacio “Tavi” Binot y que ocultaba, acondicionaba y fraccionaba en una finca ubicada en la zona del Monte Terrabusi. A modo de pantalla para encubrir su actividad delictiva explotaba un puesto de venta de panchos en el balneario Playa Grande.

Penas de efectivo cumplimiento y de ejecución condicional

A Juan Manuel Mariscal lo condenaron como coautor penalmente responsable del delito de lavado de activos agravado a la pena de cuatro años y cinco meses de prisión y una multa cercana al millón de pesos, mientras que a Carlos Damian Denot  se lo condenó a cuatro años y medio de prisión y una multa de 540 mil pesos.

La pena mayor recayó en Martín Ariel Mariscal como coautor penalmente responsable del delito de lavado de activos agravado por ser realizado con habitualidad y como miembro de una asociación o banda conformada para la comisión continuada de hechos de esta naturaleza  en concurso real con transporte de estupefacientes a título de partícipe secundario y almacenamiento de estupefacientes a título de autor y le impusieron una pena de seis años de prisión y una multa de cinco millones de pesos.

Gustavo Horacio Binot fue condenado como coautor penalmente responsable del delito de lavado de activos agravado por ser realizado con habitualidad y como miembro de una asociación o banda conformada para la comisión continuada de hechos en concurso real con el delito de comercio de estupefacientes a título de coautor a la pena de cinco años de prisión y una multa superior a los dos millones de pesos.

Juan Andrés Arias –como coautor penalmente responsable del delito de lavado de activos agravado por ser realizado con habitualidad y como miembro de una asociación o banda- fue condenado a tres años de prisión de ejecución condicional mientras se abstenga de usar estupefacientes o abusar de bebidas alcohólicas y se haga presente de manera mensual ante la Secretaría de Ejecución Penal de este Tribunal.

También de manera condicional se le impuso una pena de tres años a Eduardo Esteban Mariscal como coautor penalmente responsable del delito de lavado de activos y durante ese lapso deberá fijar domicilio, abstenerse de usar estupefacientes o abusar de bebidas alcohólicas y hacerse presente de manera mensual ante la Secretaría de Ejecución Penal de este Tribunal.

A Jonathan Gustavo Cabanchik se lo condenó como coautor penalmente responsable del delito de lavado de activos a la pena tres años de prisión de efectivo cumplimiento, pero en virtud de una sentencia anterior se le impuso una pena única de cuatro años de prisión.

La pena menor de seis meses de ejecución condicional recayó en Lorena Amanda Chavarría como coautora penalmente responsable del delito de lavado de activos y la imposición de las costas del proceso mientras cumpla una serie de reglas de conducta.

Por último se condenó a Marcos Aníbal Roldán como autor penalmente responsable de los delitos de comercio de estupefacientes y tenencia ilegitima de armas de uso civil en concurso real a tres años de prisión de ejecución condicional.

Decomisos

El acuerdo de juicio abreviado presentado implica el reconocimiento por parte de los acusados del origen ilícito de los bienes adquiridos, por lo que se convalidó el decomiso solicitado por el fiscal Juan Manuel Pettigiani de dos viviendas que figuraban a nombre de Juan Manuel Mariscal y de Martín Mariscal adquiridas entre 2011 y 2012.

También fueron decomisados un Renault Kangoo, un Peugeot RCZ, un Chevrolet Corsa, una VW Amarok, una Toyota Hilux, una Peugeot Partner, un cuatriciclo Yamaha y un motor home Mercedes Benz que serán puestos a disposición de la Unidad de Información Financiera (UIF) conforme mandato de ley.

Otra camioneta Toyota Hilux fue decomisada y quedó a disposición de la Comisión Mixta de Registro, Administración y Disposición mientras que también se decomisaron doce celulares, dos pendrives, dos tablets y tres notebooks secuestradas durante la investigación. Mismo destino tuvieron los casi 25 mil pesos secuestrados a uno de los condenados y la licencia de taxi 0529 perteneciente a Martin Ariel Mariscal. Otros dieciocho rodados y una vivienda no fueron decomisados.