Condenaron a quince años de prisión a un hombre que abusó a la pareja

La pena a Matías José Acevedo se conoció este mediodía. La víctima, de 18 años, murió varias semanas después de la denuncia por un embarazo ectópico.

6 de Octubre de 2021 13:50

Por Redacción 0223

PARA 0223

Un hombre acusado de abusar sexualmente de manera reiterada a la pareja fue condenado este miércoles a quince años de prisión tras el juicio que se desarrolló en el Tribunal Oral en lo Criminal 3. Matías José Acevedo fue hallado autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal en un contexto de violencia de género y seguirá alojado en el complejo penitenciario de Batán.

Para los jueces Juan Manuel Sueyro, Mariana Irianni y Fabián Riquert compartieron el criterio de los acusadores que responsabilizaron a Acevedo de varios abusos sexuales en el período comprendido entre el mes de septiembre de 2016 y el 2 de febrero de 2017.

Los magistrados llegaron a esa conclusión tras valorarla declaración que en su momento dio la víctima –quien murió en abril de 2017 en el Hospital Interzonal General de Agudos (Higa) Dr. Oscar Alende por un embarazo ectópico-, los testimonios de varios testigos y demás prueba que se produjo en la audiencia de debate.

Para los jueces Acevedo abusó sexualmente de Agustina Fredes en reiteradas oportunidades y en todos los casos la accedió carnalmente por vía anal, vaginal y bucal y le introdujo objetos en la vagina y en el ano. “Se valió de violencia psíquica y física para ejecutar la acción contra la voluntad de la mujer”, indicaron.

“El acusado cosificó a su víctima, lesionó su honor, su libertad sexual, su dignidad, el hecho fue muy, sumamente muy grave. También se debe considerar de esta manera la inexperiencia de la víctima, lo que se tradujo en un mayor grado de vulnerabilidad. Acevedo fue el primer novio de la joven, quien que en sus primeros pasos no estaba preparada para enfrentar el acometimiento”, agregaron.

En la sentencia a la que tuvo acceso 0223 se descartaron cuestiones eximentes de la responsabilidad y atenuantes, pero valoraron como agravante  el  contexto  de  violencia  de género, la inexperiencia de la víctima que se tradujo en un mayor grado de vulnerabilidad y la extensión temporal de la conducta y el consecuente padecimiento.

Tras imponer la  máxima sanción para el tipo penal, el Tribunal declaró provisoriamente que el vencimiento de la pena impuesta a Matías José Acevedo va a operar el 18 de diciembre de 2034 ya que está detenido  ininterrumpidamente desde el 19 de diciembre de 2019.

Por último los jueces destacaron la labor de las abogadas defensoras Fernanda Parra y  María Caliyuri quienes pese a no haber logrado un pronunciamiento absolutorio “desempeñaron su ministerio de manera correcta, realizando los planteos fácticos y jurídicos que el caso y las circunstancias les iban permitiendo”.

“Es para destacar el respeto con el cual se manejaron durante todas sus intervenciones; respeto que pusieron de manifiesto cuando se refirieron a la víctima, en la alegación y también en sus interrogatorios, tanto por el contenido de sus preguntas como por el modo en que las realizaron”, concluyeron.