Distrito Tecnológico: las empresas llevan dos años sin recibir los beneficios fiscales e impositivos

Es porque Montenegro recién ahora reglamentó la ordenanza sancionada en abril de 2021. Allí se establecen las condiciones en que se accederá a los beneficios promocionales. Tampoco se puso en funciones a la Unidad Ejecutora.

Dos años después de la aprobación del régimen de incentivos, el gobierno avanzó con la reglamentación.

9 de Mayo de 2023 20:06

Por Redacción 0223

PARA 0223

A dos años de la sanción de una ordenanza que otorga importantes beneficios fiscales e impositivos a las empresas que se radiquen en el Distrito Tecnológico, el gobierno de Guillermo Montenegro reconoció que en todo este tiempo no se implementaron dichos incentivos. Asimismo, también quedó en evidencia que no se conformó la Unidad Ejecutora para la instrumentación del Plan de Desarrollo de la Economía del Conocimiento de General Pueyrredon denominado “Mar del Plata Ciudad del Conocimiento”.

La novedad surge a partir de la reglamentación de la Ordenanza 25.093 publicada en las últimas horas en el Boletín Oficial, en el marco del plan que tiene como objetivo promover el desarrollo del sector de la Economía del Conocimiento, a través del otorgamiento de incentivos promocionales a las empresas, instituciones y entidades radicadas en el Distritos Tecnológicos del Conocimiento y la Innovación y que, a su vez, se inscriban en el “Registro de Beneficiarios Mar del Plata Ciudad del Conocimiento”.

Desde el municipio señalaron a este medio que hubo cuestiones "burocráticas" que demoraron la puesta en marcha de la normativa y que ya se encuentran trabajando para la conformación de la Unidad Ejecutora con todos los actores del sector, aunque remarcaron que vienen realizando un trabajo conjunto desde hace tiempo. 

Además, el acto administrativo se conoce luego de que el 28 de abril el Frente de Todos presentara un pedido de informe en el Concejo Deliberante para saber detalles sobre la implementación de la normativa. La reglamentación fue firmada por el intendente el 4 de mayo, más de dos años después de su sanción, el 23 de abril de 2021, y de su promulgación, el 29 de abril de ese mismo año. En tanto, el Distrito Tecnológico había sido creado meses atrás, más precisamente el 21 de enero.

En los considerandos del decreto, el gobierno explicó que los beneficios promocionales aprobados por los concejales no se implementaron en todo este tiempo dado que era necesario reglamentar la inscripción en el “Registro de Beneficiarios”, creado por el Artículo 8°, a la par que también “se establecen las condiciones que deberán cumplir las entidades inscriptas en el Registro para poder acceder a los beneficios, las cuales deberán ser validadas anualmente”. Para llevar adelante esa validación en “forma clara y transparente”, en el decreto se define de “forma más detallada y unívoca los mecanismos para determinar el cumplimiento de las condiciones por parte de las entidades beneficiarias”.

En el decreto el gobierno aseguró que era necesaria la reglamentación para que las firmas accedan a los beneficios promocionales.

En la ordenanza aprobada por unanimidad en 2021, se incorporan una serie de incentivos para promover la radicación de empresas de la economía del conocimiento en el Distrito Tecnológico del Conocimiento y la Innovación, delimitado por las calles San Martín, Guido, 3 de Febrero y Chile. Entre los beneficios se encuentran exenciones del 100% de la Tasa por Servicios Urbanos (TSU) y Contribución a la Salud por un plazo de diez años, Tasa por Habilitación de Comercios e Industrias, de Derechos de Oficina, del 85% en la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene y Fondo para la Promoción Turística por 10 años y la exención de la Tasa de Servicios Técnicos de la Construcción en un porcentaje proporcional a la superficie afectada exclusivamente a las actividades promocionadas en la ordenanza.

Respecto a la anotación en el Registro de Beneficiarios, se establecieron requisitos y obligaciones, además de escindirlas entre aquellas inscripciones que serán provisionales y definitivas. En las primeras, el interesado debe contar con la habilitación correspondiente o haber dado inicio al trámite, a la vez que deberá firmar una declaración jurada donde se compromete a radicarse en el Distrito Tecnológico en un plazo máximo de 24 meses, además de desarrollar alguna de las actividades vinculadas a la economía del conocimiento. En tanto, la inscripción definitiva se dará cuando la firme se encuentra efectivamente radicada en el Distrito Tecnológico, entre otros requisitos.

En ambas situaciones, se especificó que “en los casos donde se verifiquen deudas líquidas y exigibles por cualquier concepto con el Municipio y/o incumplimiento de deberes formales o de cualquier otra naturaleza, la inscripción quedará supeditada a su regularización, lo que deberá acreditarse con la documentación que al efecto se le exija”.

 

Se conforma la Unidad Ejecutora

Uno de los aspectos centrales del Plan es la creación de la “Unidad Ejecutora Mar del Plata Ciudad del Conocimiento”, un “espacio de trabajo participativo y colaborativo” entre la Comuna y los actores de la economía del conocimiento para la elaboración y ejecución de las políticas, estrategias, programas y acciones para lograr los objetivos del Plan.

Si bien la ordenanza planteaba de modo genérico los sectores que la integrarían, recién ahora se conformará luego de la reglamentación donde se especifican sus miembros. Ellos son las cinco universidades públicas y privadas con asiento en General Pueyrredon (Unmdp, UTN, Fasta, Atlántida Argentina y CAECE), Intema, Conicet, Inti, Aticma, Ucip, Mar del Plata Cine, Caprica, la Incubadora de Empresas Unmdp, Incubadora y aceleradora Neutrón, las secretarías de Educación, Cultura y Desarrollo Productivo de la Municipalidad y el Emtur. Cada entidad deberá comunicar en un plazo de diez días por nota firmada por autoridad competente la decisión de formar parte del espacio, designando un representante titular y un suplente, en un cargo Ad Honorem.

La ordenanza contempla un paquete de incentivos para las empresas que se radiquen en el Distrito Tecnológico. Imagen: MGP.

Finalmente, el decreto reglamentario también termina de establecer los detalles para la puesta en marcha de un Fondo creado por el Artículo 9°, equivalente al 15% del monto de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, destinado a financiar la ejecución de las acciones para la implementación del Plan. Además, la administración de dicho fondo será instrumentada a través de la Unidad Ejecutora.

En concreto, se establece la forma en la que se recaudará el Fondo, donde los beneficiarios deberán ingresar previa declaración jurada, en la fecha establecida por el Calendario Impositivo para la declaración y pago del anticipo respectivo, el quince por ciento (15%) del monto de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene no alcanzado por la exención otorgada.

 

La advertencia del Frente de Todos

El 28 de abril la concejala Virginia Sívori había presentado un pedido de informe en el Concejo Deliberante para que, precisamente, el Ejecutivo dé cuenta cómo se había implementado la ordenanza en estos dos años, luego de versiones que indicaban que las empresas radicadas en el Distrito Tecnológico no estaban percibiendo los beneficios contemplados en la Ordenanza 25.093.

Entre otras cosas, allí se pide que el gobierno informe qué firmas se encuentran inscriptas en el Registro de Beneficiarios y qué incentivos promocionales recibieron, mientras que en lo respectivo a la Unidad Ejecutora, se de el detalle de las empresas, entidades e instituciones que participan y su esquema de funcionamiento. Asimismo, la edil hizo foco en la necesidad de contar con información sobre la conformación del fondo destinado a financiar la implementación del Plan.