Impugnaron la adhesión de la lista de Encuentro Marplatense a Unión por la Patria

Sostienen que la ley electoral provincial prohíbe la adhesión de boletas entre distintas agrupaciones. UP no lleva lista propia en General Pueyrredon, donde se presenta bajo otra denominación en el marco del acuerdo entre Raverta y Pulti.

Raverta es candidata a intendenta y Pulti a diputado provincial.

6 de Julio de 2023 10:56

Por Redacción 0223

PARA 0223

Un grupo de afiliados del Partido Justicialista impugnó ante la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires la adhesión de la boleta municipal de Encuentro Marplatense –el frente constituído entre Raverta y Pulti- a las boletas provinciales de Unión por la Patria (UP), argumentando que la ley provincial prohibe este tipo de prácticas.

La objeción central apunta contra la Resolución N°16 del 3 de julio de la Junta Electoral de Unión por la Patria, donde se autoriza la adhesión de la boleta local de Encuentro Marplatense, que constituye un acuerdo político entre Unión por la Patria y Acción Marplatense, pero que en términos formales está integrado por el histórico partido vecinal y Agrupación Enlace, otra organización vecinalista.

La presentación fue realizada por el afiliado al Partido Justicialista, Jorge Buñirgo, a la vez que desde el grupo al que representa se difundió un comunicado donde interviene como vocero Álvaro Fanproyen, candidato a diputado provincial por “Hacemos nuestro país”, el espacio que responde al gobernador de Córdoba, Juan Schiaretti.

Allí se explica que la Resolución N°16 “resulta nula por la flagrante violación del artículo 23 del Decreto 267/2019”, que reglamenta la Ley Provincial Electoral 14.086. El artículo señalado establece que “las alianzas deberán establecerse para todos los distritos y todas las categorías en que participan sin que los partidos, federaciones o las agrupaciones puedan presentarse con listas diferentes a la de la alianza que componen”. A su vez, “no se admitirán pactos de adhesión de boletas entre diferentes agrupaciones políticas, tanto para las elecciones primarias como para las elecciones generales”.

Antecedente. En 2021 la Junta Electoral habilitó la adhesión de boletas de AM con Randazzo.

Según la presentación, la resolución impugnada sustentó la habilitación de la adhesión en el Decreto Nacional 259/19 que reglamenta la Ley Electoral nacional y habilita la adhesión de boletas en categorías donde no participa uno de los frentes. Pero argumenta que la convocatoria a elecciones realizadas por Kicillof se basa en lo dispuesto por la Ley 14.086 y disposiciones complementarias, como el Decreto 267/19, por lo que ”obviar el bloque de legalidad revela que la resolución que se impugna se encuentra irremisiblemente reñida con tal bloque, que la torna arbitraria y claramente inconstitucional”.

Si bien las elecciones provinciales y nacionales se realizan de forma simultánea, intervienen en paralelo distintos organismos en su control y donde se aplica normativa de cada jurisdicción. En el caso de las categorías nacionales (presidente, diputados y senadores nacionales) corresponden a la Cámara Nacional Electoral, y en las categorías provinciales (gobernador, diputados y senadores provinciales e intendente y concejales), es potestad de la Junta Electoral bonaerense.

Tras la impugnación, ahora se espera la decisión de la Junta Electoral provincial, la que ya cuenta con antecedentes similares, incluso en General Pueyrredon. Por caso, en las elecciones 2021 se autorizó la adhesión de la boleta municipal de Acción Marplatense a la Vamos con Vos que llevó al candidatura a diputado nacional de Florencio Randazzo.