La AFIP sigue de cerca las compras con tarjetas: desde qué monto se pedirá identificación

El organismo actualizó los montos a partir de los cuales se exigirá una identificación a los compradores.

15 de Enero de 2024 19:23

Por Redacción 0223

PARA 0223

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los montos a partir de los cuales se exigirá una identificación a los compradores de bienes. El organismo que conduce Florencia Misrahi “actualizó el importe a partir del cual se deben identificar a los consumidores finales cuando se emitan tickets o facturas”.

“Dicho monto pasa de $92.720 a $191.624 cuando se trate de pagos a través de medios electrónicos. Cuando sea mediante pagos en efectivo o por otros medios de pago no electrónicos, el monto a partir del cual se debe identificar al consumidor final será $95.812 (antes $46.360)”, indicaron.

En este sentido, es importante aclarar que “se actualizó a partir del 15 de enero de 2024 el importe de facturación a consumidor final para identificar en las facturas por aplicación de la actualización establecida en el RG 4444/19?.

“Cuando el receptor de la factura sea un consumidor final deberán detallarse los siguientes datos, siempre que el importe de la operación sea igual o superior a $ 191.624. El importe se incrementó un 106,67% (antes $ 92.720)”, explicaron.

Los datos a pedir son: Apellido y nombre, Domicilio, CUIT / CUIL / CDI, en su caso, número de documento de identidad (LE, LC, DNI o, en el supuesto de extranjeros, Pasaporte o CI).

“El sistema “Comprobantes en Línea” considera que la operación fue realizada través de medios electrónicos cuando se marca en condiciones de venta una de las siguientes opciones: Tarjeta de Débito, Tarjeta de Crédito, Cuenta Corriente, Cheque y Tiquet.

"La identificación también se realizará cuando el importe de la operación sea igual o superior a $ 95.812 (antes $ 46.360) y no se haya efectuado por alguno de los medios de pago electrónicos autorizados (tarjetas de crédito, transferencias de pago instrumentadas mediante tarjetas de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios de pago equivalentes conforme normativa del Banco Central de la República Argentina)”.