Qué medicamentos podrán exhibirse en las góndolas de las farmacias y cuáles se venderán en cualquier comercio
El Gobierno dispuso que algunos medicamentos podrán ser exhibidos en las góndolas de las farmacias para que sean elegidos libremente y estableció cuáles son los remedios que podrán ser comercializados fuera de esos comercios.
Por Redacción 0223
PARA 0223
El Gobierno nacional publicó este martes el Decreto 1024/2024 que modifica la reglamentación de la Ley N° 17.565 para regular la venta de medicamentos en farmacias habilitadas y otros establecimientos, incorporando nuevas condiciones de seguridad y acceso.
La norma establece que los medicamentos bajo receta solo podrán venderse en farmacias habilitadas y bajo supervisión de un farmacéutico responsable, permitiéndose también su comercialización mediante canales electrónicos seguros.
En tanto, los medicamentos de venta libre podrán exhibirse en góndolas dentro de farmacias, siempre que se respeten condiciones estrictas: deben estar en caja cerrada, con prospecto, y su venta será exclusiva para mayores de 18 años previa validación del Documento Nacional de Identidad.
En los comercios no habilitados como farmacias, la venta estará restringida a antiácidos y analgésicos, aunque la autoridad de aplicación podría ampliar este listado en el futuro.
La medida busca optimizar las condiciones de comercialización de medicamentos y proteger a los consumidores, garantizando que todos los productos mantengan inalteradas sus propiedades fisicoquímicas y sean accesibles en un marco de seguridad y transparencia.
“La medida busca proteger al consumidor y garantizar un tratamiento fehaciente y veraz de la información que asegure la libertad de elección”, apuntaron desde el Gobierno sobre la medida y remarcaron que “el objetivo central es terminar con la asimetría de la información y que los consumidores puedan ver las diferencias de precios entre las diferentes marcas y optar por la que considere más conveniente”.
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