Rechazaron el habeas corpus por supuesta persecución municipal a personas en situación de calle
Lo resolvió la Jueza de Garantías Rosa Frende, que consideró que no se verificó una “amenaza concreta” para las denunciantes, quienes habían sido retiradas de un cajero. También le pidió al municipio que convoque a Desarrollo Social para ese tipo de operativos.
Por Redacción 0223
PARA 0223
El Juzgado de Garantías N°2 rechazó la acción de habeas corpus que presentó el defensor oficial Mauro Giacomaso por dos mujeres en situación de calle que fueron retiradas el 12 de noviembre pasado de un cajero automático en Luro y Champagnat por personal municipal al entender que “no se ha verificado una amenaza concreta contra la libertad individual de las nombradas”.
En su presentación, las dos mujeres habían señalado en forma genérica que durante esos operativos el personal municipal golpeaba a personas en situación de calle, le robaban los calzados y les quemaban los colchones y frazadas. La Jueza Rosa Frende –que subrogó el JG N°2 – había señalado que la resolución a tomar quedaría restringida al suceso acontecido en los cajeros del Banco de la Provincia de Buenos Aires esa madrugada.
El tema había tomado conocimiento público luego de que el intendente Guillermo Montenegro cuestionara y respondiera a través de la red social X el pedido. "Todos los operativos de control de espacios públicos realizados por esta Municipalidad son de carácter general y aleatorio, no respondiendo a un requerimiento puntual ni específico, y se encuentran orientados a toda persona que realice un uso irregular o indebido del espacio público”, sostuvo.
En la resolución de siete páginas a la que tuvo acceso 0223, Frende entendió que “el actuar del Municipio es legítimo y no ha puesto en riesgo o bajo amenaza la libertad de los requirentes, pues no se ha advertido acción alguna que hubiera atentado contra el derecho de ambular de las mismas”.
“Por otra parte he de considerar que tampoco se puede verificar o inferir un actuar violento por parte de los agentes, en tal sentido los registros fílmicos no reflejan un accionar de esa naturaleza, y si bien lo acontecido dentro del ámbito del Banco no ha sido captado por las cámaras, la cantidad de personal dispuesto y el tiempo que permanecieron hasta que egresaron junto a las pretensas beneficiarias, permite presumir un diálogo tendiente a desocupar el lugar”, agregó.
Tras rechazar la acción de habeas corpus intentada por la Defensoría Oficial N°10 en favor de N.V.S. y L.V.S. se le hizo saber al municipio que además de la intervención de la Secretaría de Seguridad, Inspección General y Servicios Urbanos, en lo sucesivo “se convoque también a personal del Área de Desarrollo Social a fin de procurar que quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad que ha originado la presente, tengan acceso a los dispositivos de abordaje diseñados al efecto”.
Frende le requirió al Defensor Oficial si por las presuntas lesiones y sustracción de pertenencias que quedaron fuera de esta resolución, se efectuó la denuncia pertinente “a fin de no duplicar una investigación, caso contrario se remitirán a la Fiscalía General las copias que se estimen pertinentes”.
La valoración de la respuesta municipal
A partir de la presentación de la Defensa Oficial, desde el Juzgado de Garantías N°2 solicitaron al municipio el envío de las imágenes de las cámaras de seguridad de la zona y toda otra diligencia que permitiera identificar al personal que intervino.
En el informe se verificó la presencia de personal municipal en la zona que ingresó al sector de cajeros y que egresaron tras estar aproximadamente seis minutos. Cuando se van, quedan algunas personas en el exterior del Banco frente a una columna y –según su análisis- no se divisaron movimientos bruscos, se vio al personal municipal cargado un objeto de poco volumen y el paso de un patrullero, aunque no hubo intervención de personal policial.
Tras verificar con certeza el suceso que motivara la presentación, se requirió al Ente Municipal que informara si se habían dispuesto operativos generales de control en relación a la permanencia de personas en situación de calle que pernoctan en los cajeros automáticos, o si la presencia de personal de la Patrulla Municipal en el Banco Provincia, sucursal de Luro y Champagnat había obedecido a un requerimiento puntual, como así también se identificara al personal que fuera destacado.
El municipio respondió que todos los operativos de control de espacios públicos que realiza son de “carácter general y aleatorio”, no respondiendo a un requerimiento puntual o específico y se orienta a que las personas no realicen un uso irregular o indebido de dichos espacios.
En la resolución judicial se dejó constancia que no se identificó al personal según lo solicitado y que solo se mencionó de modo genérico que los operativos se llevan adelante por agentes de distintas áreas como la Secretaría de Seguridad, Inspección General y Servicios Urbanos.
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