Rechazaron incorporar al régimen "Casas por cárceles" a una condenada por narcomenudeo y seguirá presa

Lo dispuso esta semana la Justicia Federal. El vencimiento de la pena impuesta a Vanesa Andrea Acierno va a operar en julio de 2027.

Lo dispuso la Justicia Federal.

3 de Diciembre de 2024 23:37

Por Redacción 0223

PARA 0223

La incorporación al régimen abierto de Casas por Cárceles que la Justicia Provincial había decidido hace pocos días para una mujer condenada por narcomenudeo fue rechazado por la Justicia Federal en virtud de los plazos que lleva de detención en otra causa por el mismo delito.

Resolución judicial.

El 25 de noviembre pasado el Tribunal Oral en lo Criminal N°4 resolvió morigerar la medida de coerción recaída respecto a Vanesa Andrea Acierno e incluirla en el régimen abierto de la Unidad Penal N° 50 de Batán. Sin embargo, la medida no se hizo efectiva en razón de encontrarse privada de la libertad a disposición conjunta del Tribunal Oral Federal.

Según los datos a los que tuvo acceso 0223, el 10 de septiembre pasado la Justicia Federal condenó a Acierno a la pena de seis años de prisión de efectivo cumplimiento como autora penalmente responsable del delito de tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización agravado por la intervención de tres o más personas organizadas para cometerlo. Del cómputo de pena practicado, surge que el vencimiento de la pena impuesta a su respecto operará el 8 de julio de 2027.

El régimen es "Casas por cárceles".

El Juez Martín Luciano Poderti hizo foco en la diferencia de jurisdicciones y consideró que “convalidar la entrada en escena de las normativas de provincia en el fuero federal, conllevaría a invadir atribuciones exclusivas del Congreso Nacional y a distorsionar el programa aplicable –federal- de la Constitución en materia pena”.

“Tal invasión, se evidencia en pretender promover a la causante a un régimen abierto que -per se- conlleva el usufructo de salidas transitorias, bajo una modalidad distinta a la ley de Ejecución de la pena privativa de libertad aplicable”, agregó.

El magistrado no hizo lugar a la incorporación de Vanesa Andrea Acierno al régimen abierto “Casas por Cárceles” y comunicar lo resuelto al Tribunal Oral en lo Criminal Nº 4.