Condenaron a un joven que abusó a una prima de nueve años

Los hechos ocurrieron en 2019. La pena se dispuso tras un acuerdo de juicio abreviado. La pena por el delito de abuso simple agravado fue de dos años y es de ejecución condicional.

El acuerdo se validó en Tribunales. Foto de archivo 0223.

9 de Marzo de 2024 08:16

Por Redacción 0223

PARA 0223

Un sujeto que en 2019 manoséo en un par de oportunidades a una nena de 9 años fue condenado a dos años de prisión de ejecución condicional tras la validación de un acuerdo de juicio abreviado que se hizo en el Tribunal Oral en lo Criminal N°4. La resolución de la causa fue avalada por la madre de la víctima que planteó la necesidad de concluir con el proceso.

En el acuerdo que la fiscalía y la defensa a cargo del abogado Martín Bernat le presentaron al Juez Alfredo Deleonardis quedó establecido que los días 18 y 19 de julio el imputado –identificado como E.H.G.- le efectuó tocamientos en el pecho y en la vagina a la nena, hija de la esposa de su tía, aprovechando que se había quedado a dormir en la vivienda.

Juez Alfredo Deleonardis. (Foto: archivo 0223).

El relato de la víctima en Cámara Gesell fue conteste con el realizado por la madre que formuló de manera inmediata la denuncia policial luego de que la niña relatara que el “primo” la había tocado tanto por arriba como por debajo de sus prendas.

Durante la instrucción penal preparatoria el imputado se negó a declarar, pero pidió disculpas a la víctima y a su familia antes de manifestar que se había tratado de un malentendido y que nunca fue su intención “realizar tocamientos de índole sexual”.

En la sentencia a la que tuvo acceso 0223 se descartaron eximentes de la responsabilidad penal y se valoraron como atenuantes la falta de sentencias condenatorias anteriores al hecho bajo juzgamiento y el buen concepto vecinal informado. En cuanto a los agravantes se consideraron las mayores facilidades para la comisión del delito de las que se valió el autor, en razón de la proximidad con la víctima.

El magistrado condenó a E.H.G, como autor del delito de abuso sexual simple de una menor de 13 años de edad, en forma continuada a la pena de dos años de prisión de ejecución condicional. Bajo el mismo plazo de condena deberá fijar domicilio, someterse al control del Patronato de Liberados y cumplir una estricta prohibición de acercamiento físico, así como de establecer contacto o comunicación con la víctima y su progenitora por cualquier medio o vía.