Reconocida aerolínea usó su foto sin permiso: deberán pagarle más de 24 millones de pesos y los intereses
El fallo del Juzgado Civil y Comercial Nº 1responde una demanda presentada hace tres años por el uso de una foto en el sitio web de la empresa entre 2016 y 2023.
Por Redacción 0223
PARA 0223
Una mujer de 40 años que denunció a una aerolínea internacional por el uso sin permiso de una imagen suya que se sacó en una sesión particular de fotos en 2009 será indemnizada con más de 24 millones de pesos y sus intereses luego de que la Justicia Civil y Comercial hiciera lugar a su demanda por daños y perjuicios.
En septiembre de 2022 M.F.D. promovió en el Juzgado Civil y Comercial N°1 de Mar del Plata a través de su abogado una demanda contra la aerolínea Iberia por 15 millones de pesos o lo que se resuelva de acuerdo a la prueba generada por el uso indebido de su imagen en la página web de la empresa.
La mujer relató que desde el año 2010 gracias a la información brindada por personas cercanas a su entorno, tomó conocimiento que, mediante su servicio comercial brindado a través de la página web institucional de la firma demandada, la misma utilizaba imágenes y datos sin su consentimiento, aprobación, cesión o notificación de ningún tipo.
En tal sentido refirió que las imágenes utilizadas por la accionada correspondían a una sesión de fotos efectuada a título exclusivamente personal, aproximadamente en el año 2009, y en la cual no suscribió permiso de reproducción, utilización o comercialización alguno puesto que, fueron tomadas a título personal, sin fines de lucro.
Si bien la primera vez que tomó conocimiento de la utilización indebida de sus imágenes, lo asumió prácticamente como un hecho anecdótico, con el transcurso de los años, en reiteradas ocasiones tomaba conocimiento a través de terceros que dichas imágenes continuaban siendo utilizadas por la firma demandada en distintos apartados del sitio web, desconociendo si las mismas fueron asimismo utilizadas en folletería y/o comunicaciones corporativas, tanto en el ámbito nacional como en el extranjero, al tratarse de una empresa multinacional.
La mujer denunció que en numerosas ocasiones, actuando de buena fe, se comunicó telefónicamente con la línea comercial de la empresa, relatando su situación y aportando sus datos personales, sin obtener respuesta alguna al respecto. En septiembre de 2020 concurrió a una escribanía donde certificó que en el domingo de Iberia, en el apartado de “vuelos baratos a Buenos Aires” se continuaban utilizando sus imágenes personales.
En diciembre de 2022 la empresa respondió que las imágenes empleadas habían sido compradas a Getty Images y aportaron una factura por el valor 35 euros. Sin embargo, el Juez Heber Amalfi considero que la empresa no pudo probar que hubiera adquirido la fotografía de la firma "Getty Images" de su base de datos ni aportar la documentación que acredite la titularidad de tal firma para la distribución, uso y/o comercialización de la imagen de la denunciante.
“No media otro resultado que considerar que no ha mediado consentimiento ni autorización alguna por parte de la Sra. M. F. D. para el uso de su imagen en una página oficial Web de la firma demandada -bajo el nombre de Iberia-; adelantando en calificar el accionar de la firma accionada como violatorio del art. 53 del Código Civil y Comercial”, sostuvo en la sentencia a la que tuvo acceso 0223.
El titular del Juzgado Civil y Comercial N°1 fijo en algo más de 19 millones de pesos el monto del daño material por el uso comercial de la imagen, calculado en base al valor actual de pasajes aéreos y al período de utilización de la foto. En cuanto a daño moral estimó un monto de cinco millones de pesos por la afectación espiritual y la falta de respuesta de la empresa durante años.
El magistrado hizo lugar a la demanda por indemnización de daños y perjuicios promovida por la Sra. M. F. D. contra I. L. A. D. E. S.A. y condenó a la accionada a abonar veinticuatro millones ciento diez mil pesos ($24.110.000) con más los intereses dentro del término de 10 días de que la presente adquiera firmeza, bajo apercibimiento de ejecución. Las costas por la acción de fondo que prospera se impusieron a la demandada como vencida.
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