“Vendió” a los tíos para que los asaltaran y lo condenaron junto a sus cómplices

El robo ocurrió en mayo del año pasado en el barrio Termas Huincó. Los cuatro miembros de la banda recibieron penas de tres años de prisión.

Se hizo un juicio abreviado.

6 de Julio de 2025 18:17

Por Redacción 0223

PARA 0223

Cuatro sujetos que el año pasado asaltaron a un matrimonio en el interior de su casa del barrio Termas Huincó fueron condenados a tres años de prisión tras la validación de un acuerdo de juicio abreviado en el Tribunal Oral en lo Criminal N°3. Uno de los miembros de la banda era sobrino de las víctimas y aportó la información para el hecho.

Apenas habían pasado unos minutos de la una de la madrugada del 22 de mayo de 2024 cuando tres sujetos actuaron en forma coordinada y conjunta con clara distribución de roles e ingresaron a una vivienda en Posadas casi Soler del barrio termas Huincó tras escalar la reja perimetral y forzar una cortina de enrollar y una ventana.

Una vez en el interior de la vivienda redujeron mediante golpes de puño al matrimonio y se apoderaron ilegítimamente de una alianza de oro, una cadena de oro y la suma aproximada de $ 120.000, entre otros objetos de valor. Ante el arribo de personal policial, gracias al llamado de un vecino al 911, uno de ellos tomó un cuchillo y amenazó al dueño de casa con matarlo si no les abría la puerta del fondo.

Las partes acordaron la pena.

En la investigación a cargo del fiscal Mariano Moyano se estableció que los tres delincuentes contaron con la colaboración de un cuarto sujeto, sobrino de la víctima mujer, que les dio información de los damnificados y que durante la ejecución del suceso, se encontraba en las inmediaciones del lugar manteniendo constante comunicación telefónica a modo de alerta o campana.

Para el Juez Fabián Riquert la responsabilidad criminal en carácter de coautores penalmente responsables del hecho respecto de Damián Arcenegui, Lucas Guerrero y Marcos Hernández López y de partícipe necesario por Emiliano Andrés Berghella quedó claramente establecida a partir de la aprehensión en flagrancia de los tres primeros.

Por su parte, la participáción de Berghella, sindicado como partícipe necesario por ser el supuesto entregador y vigía durante el suceso, se comprobó a partir de los dichos de uno de los coautores y del análisis técnico del celular incautado en el lugar.

Se validó en el TOC N°3.

En la sentencia a la que tuvo acceso 0223 se descartaron cuestiones eximentes de la responsabilidad penal y se valoró como atenuante para Barghella la ausencia de antecedentes penales.

En cuanto a los agravantes, se consideró para Hernández López, Guerrero y Arcenegui, la nocturnidad en la que se desplegaron los sucesos y el hecho de que las víctimas resultaron ser de la tercera edad. En el caso de Berghella, también se consideró el vínculo familiar con las víctimas.

El magistrado declaró a Damián Arcenegui, Marcos Hernández López y Lucas Guerrero coautores del delito de robo agravado por su comisión en lugar poblado y en banda, con escalamiento, mediante efracción y con el uso de un arma blanca en grado de tentativa, y les impuso una pena de tres años de prisión. A Emiliano Berghella lo halló partícipe necesario penalmente responsable del mismo delito y le impuso la misma pena.