Condenan a desarrolladora por incumplimientos en barrio privado y deberá indemnizar a un comprador
Lo dispuso esta semana el Juzgado en lo Civil y Comercial N° 10. La demanda fue por las demoras en construcción, falta de gas natural, problemas en el acceso y cuestiones administrativas.
Por Redacción 0223
PARA 0223
Sub dividir lotes, poder escriturar, entregar un reglamento de copropiedad y abonar un monto superior a los 22 millones de pesos. Esos son los puntos centrales de la resolución de la Justicia Civil y Comercial de Mar del Plata a la demanda que en septiembre del año demandó por incumplimiento contractual y daños y perjuicios a una constructora.
Según la demanda que presentó D.M.R., el 15 de enero de 2020 adquirió por boleto junto a su esposa, el lote 191 del Barrio Fideicomiso Developer Park ubicado en el predio ubicado en el kilómetro 397 de la Ruta N°2 por la suma de dos millones de pesos y que los demandados habían incumplido los deberes a su cargo de brindarle información suficiente y veraz y trato digno, ocasionándole un grave perjuicio económico y serios daños patrimoniales.
En su presentación dijo que al momento de intentar construir su vivienda familiar comenzaron los problemas, atento que la desarrolladora no había obtenido los permisos correspondientes de parte de la Dirección Provincial de Ordenamiento Urbano Territorial, incumpliendo lo manifestado al adquirir el lote en el sentido de que a partir del mes de enero de 2021 ya se iba a poder comenzar con las obras en cada uno de los inmuebles.
En el mismo sentido sostuvo que no obstante no contar con este permiso y tras dos años desde la compra del lote, la Municipalidad del Partido de General Pueyrredón habilitó en forma provisoria la construcción de inmuebles en barrios privados con proyectos avanzados, siempre y cuando cumplan con la normativa municipal requerida.
D.M.R. también denunció la falta de colocación de tubos de hormigón como canaleta de desagüe, el estado de vulnerabilidad del barrio, la calidad de las calles internas, algunas de las comodidades y servicios ofrecidos, la falta de un reglamento de copropiedad y la imposibilidad de escriturar
La Jueza Mariana Tonto sostuvo que Fideicomiso Developer Park no podía ser demandada a diferencia del fiduciario Esteban Uría y Developer Argentina S.A. ya que “la empresa no sólo actuó como un mero intermediario o agente comercial, sino que se presentó ante los adquirentes como la desarrolladora del proyecto, generando una legítima expectativa respecto de su capacidad para garantizar la correcta ejecución del emprendimiento”.
“La documentación acompañada, particularmente el boleto de compraventa y sus anexos, evidencia que Developer Argentina S.A. intervino activamente en la comercialización del emprendimiento, utilizando su nombre comercial "Grupo Developer" en la parte superior, y "Developer Desarrollos Inmobiliarios" en la parte inferior) para la promoción y venta de los lotes”, agregó.
En la sentencia a la que tuvo acceso 0223 se hizo lugar a la demanda promovida contra Developer Argentina S.A. y Esteban Martín Uría y los condenó a arbitrar los medios para obtener en un plazo razonable la subdivisión de los lotes, la apertura de las partidas inmobiliarias y la escrituración de los inmuebles, debiendo presentar en un plazo no mayor a 30 días los planos y acreditar demás diligencias realizadas a tal fin.
También obligó a acreditar en el mismo plazo la realización de las gestiones pertinentes a los fines de que cada propietario reciba copia del reglamento de copropiedad del barrio, y se convoque a asamblea de propietarios y abonar la suma de siete millones de pesos y el equivalente de quince canastas básicas para hogar tipo 3 –unos dieciséis millones más- con los intereses calculados.
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