Le quedó la “nariz vacía” tras operarse: demandó en 2012 y cobrará casi 50 millones de pesos
Tenía sinusitis crónica y lo operaron en septiembre de 2009. Consideraron que el consentimiento informado era deficiente y que el paciente tiene una incapacidad laboral del 30 por ciento.
Por Redacción 0223
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Catorce años después de la demanda que un hombre presentó por daños y perjuicios contra el médico que lo operó y el establecimiento donde se llevó a cabo la intervención, el Juzgado Civil y Comercial N°10 hizo lugar a la misma y los condenó, junto a compañía aseguradora, al pago de casi 50 millones de pesos.
El 8 de septiembre de 2009 J.R. se sometió a una cirugía de senos paranasales en el Sanatorio Belgrano, a cargo del médico Agustín García. Tras la operación, sufrió dolores de cabeza intensos, dificultad respiratoria, pérdida del olfato (anosmia) y del gusto (hipogeusia), fatiga, insomnio y stress.
Más allá de los tratamientos posteriores, no hubo mejora para esos síntomas y tuvo consultas con varios profesionales que confirmaron que había tenido la extirpación total de los cornetes nasales que causaron el síndrome de “nariz vacía” y daños permanentes.
La defensa del profesional y el establecimiento planteó que el paciente tenía una poliposis nasosinusal crónica y comorbilidades graves, y que la cirugía practicada fue una turbinoplastia parcial, necesaria para mejorar la obstrucción nasal, no una turbinectomía total. En el mismo sentido negaron una relación causal entre la cirugía y las secuelas.
La pericia médica incorporada al expediente concluyó que la historia clínica presentaba deficiencias graves, que el consentimiento informado era deficiente, que la turbinectomía total que generó el síndrome de nariz vacía no estaba justificada y estimó una incapacidad laboral parcial del 25-30%. La evaluación psicológica también indicó daño psíquico y trastorno adaptativo con ansiedad.
La Jueza Mariana Lucía Tonto consideró acreditada la responsabilidad civil del médico García y del Sanatorio Belgrano por mala praxis médica y falta de seguridad y fijó indemnizaciones por daños materiales y pérdida de chance, daño moral, daño psicológico y terapia futura, gastos futuros como la instalación de detectores de gas en su casa y daño emergente.
Al considerar que la operación fue excesiva e inapropiada, que no se cumplió con el consentimiento informado, y que los daños de Rochi eran previsibles y evitables, se hizo lugar a la demanda que por daños y perjuicios y condenó al pago de 49.274.834 pesos más los intereses.
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