Lo acusan de darle droga a la hija adolescente y abusarla: rechazaron un juicio abreviado

La Cámara de Apelación y Garantías confirmó la decisión al existir una “discrepancia insalvable” entre el hecho y la calificación propuesta.

El acuerdo fue rechazado.

24 de Junio de 2026 18:13

Por Redacción 0223

PARA 0223

La propuesta de alcanzar un juicio abreviado en una causa por el abuso gravemente ultrajante que un hombre cometió contra la hija adolescente fue rechazada por la Cámara de Apelación y Garantías que confirmó la decisión del Tribunal Oral en lo Criminal N°1.

La decisión de los miembros de la Sala III está en sintonía con el pronunciamiento del Juez Facundo Gómez Urso, que rechazó el acuerdo de juicio abreviado presentado por las partes al existir una discrepancia insalvable con el encuadre legal asignado al hecho objeto de imputación.

Los hechos ocurrieron en Miramar.

Según la investigación fiscal, durante el mes de noviembre del año 2022 y hasta el 11 de enero del 2023, F.D.G. obligó a consumir a su hija de 13 años cocaína y marihuana para efectuarle tocamientos con sus manos en los pechos, vagina y cola por arriba y por debajo de las prendas de vestir, todo ello con la sola intención de satisfacer sus deseos sexuales.

En el pedido de elevación a juicio el hecho fue calificado como constitutivo del delito de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por el vínculo, pero al presentar el acuerdo se la reemplazó por la de abuso sexual simple agravado por el vínculo.

Gómez Urso discrepó con la misma al entender que tanto por las circunstancias de realización del abuso sexual (debilitando toda acción de resistencia por parte de la víctima al obligarla el autor a consumir cocaína y marihuana) como también por su duración se configuraba el sometimiento sexual gravemente ultrajante para la víctima.

Lo resolvió la Sala III.

Contra dicho pronunciamiento interpuso recurso de apelación y nulidad el defensor particular del imputado porque la resolución en crisis provocaba a su asistido un perjuicio irreparable que habilita la vía impugnativa. El abogado Cristian Pélaez sostuvo que hubo arbitrariedad en la decisión del magistrado que, a su entender, excedió el control jurisdiccional, y avanzó sobre aspectos que le son propios a las partes como la calificación legal del hecho y la pena propuesta.

Sin embargo, los jueces Pablo Poggetto y Alfredo Deleonardis señalaron que el Juez se limitó a ejercer la facultad acordada a través de una resolución suficientemente motivada, por lo que tampoco ha incurrido en arbitrariedad o ilegalidad alguna y confirmó la decisión inicial.

 

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