Atención: cuándo prescriben las deudas con tarjeta de crédito y en qué caso ya no se pagan
Todo depende de si la entidad bancaria decide judicializar la situación.
Por Redacción 0223
PARA 0223
El incremento sostenido en las deudas de tarjetas de crédito llevó a que más del 50% de los usuarios activos opte por abonar únicamente el monto mínimo del resumen bancario. Sin embargo, este hábito genera una acumulación de costos por tasas punitorias que superan el 100% de CFT (Costo Financiero Total) en diversas entidades, volviendo el saldo insostenible. Frente a esta situación, miles de clientes financieros se preguntan qué sucede con el compromiso si dejan de abonar y cuánto tiempo debe pasar para que prescriba la obligación legal.
Qué puede pasar si no pago la deuda con la tarjeta de crédito
La Ley de Tarjetas de Crédito regula estrictamente los plazos en los que las entidades bancarias pueden exigir el cobro por la vía judicial. Según establece el artículo 47 de la mencionada normativa, los bancos disponen de un año para iniciar acciones ejecutivas y de hasta tres años para presentar acciones ordinarias. Una vez transcurridos esos períodos sin un reclamo formalizado en la Justicia, la entidad emisora pierde el derecho legal de exigir la cancelación de la suma adeudada a través de un tribunal.
A pesar de la existencia de este límite temporal, especialistas en derecho financiero aclaran que la deuda no desaparece en forma automática de los registros. Para que la prescripción tenga validez, el propio deudor debe invocarla explícitamente ante un eventual reclamo iniciado fuera de término por la entidad cobradora. Asimismo, la prescripción puede interrumpirse si el cliente firma una refinanciación, admite el saldo pendiente o si el banco presenta una demanda judicial antes del vencimiento, lo que reinicia el cómputo de los años.
Por otra parte, el cese voluntario de los pagos deja secuelas severas en el historial crediticio de la persona dentro de las bases de datos públicas y privadas. Los registros negativos en el Veraz se mantienen por un plazo máximo de cinco años si el monto no es cancelado. En el caso de que el cliente regularice la situación con posterioridad, la información desfavorable permanecerá visible durante dos años adicionales a partir de la fecha de pago efectiva, dificultando el acceso a futuros préstamos bancarios.
Ante el riesgo de enfrentar embargos judiciales o la transferencia de los saldos adeudados a fideicomisos de cobro, los expertos recomiendan evitar la mora prolongada en el sistema. Entidades como el Banco Nación han impulsado planes de refinanciación de hasta el 100% del saldo, concretando miles de acuerdos de reestructuración en lo que va del año. La negociación directa de un plan de pagos adaptado con el banco emisor se consolida como la alternativa más conveniente para proteger el patrimonio y evitar mayores perjuicios financieros.
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