Primer choque entre el Municipio y Setram: rechazaron su pedido para entrar a las paritarias

El Ejecutivo reconoció que el sindicato está formalmente inscripto, pero sostuvo que no puede intervenir en paritarias ni tener representantes en organismos municipales porque no cuenta con personería gremial. La organización ya había anticipado que recurriría a la Justicia.

El Municipio aclaró que no pone en debate el estatus de la inscripción gremial, pero enfatizó que solo los sindicatos con personería gremial pueden participar de instancias como las paritarias.

2 de Septiembre de 2026 18:57

Por Redacción 0223

PARA 0223

El conflicto que había comenzado a avizorarse en julio entre el Municipio y el Sindicato de Empleados y Trabajadores Municipales de General Pueyrredon (Setram) sumó en las últimas horas un capítulo formal, luego de que el Ejecutivo rechazara las principales pretensiones planteadas por la nueva organización gremial y ratificara que, pese a su inscripción ante la Secretaría de Trabajo de la Nación, no puede ejercer derechos de representación colectiva por no contar con personería gremial.

La decisión quedó plasmada en el Decreto 1657/26 del intendente Agustín Neme, mediante el cual el gobierno municipal rechazó los pedidos que Setram había formulado a julio, entre ellos el otorgamiento de un código para descontar la cuota sindical de los afiliados, la posibilidad de contar con franquicias horarias y permisos de salida remunerados para integrantes de su comisión directiva, y la convocatoria para participar de la Mesa de Negociación Paritaria Municipal y en la Junta de Ascensos Promociones.

A través de un decreto, Neme rechazó una serie de pedidos del nuevo sindicato municipal.

En todos los casos, el argumento central utilizado por el Municipio fue el mismo: Setram posee una simple inscripción gremial, mientras que la personería gremial en el ámbito de los trabajadores municipales de General Pueyrredon corresponde al Sindicato de Trabajadores Municipales (STM), a quien le reconoce ese derecho de representación colectiva.

En el decreto, el Ejecutivo distinguió entre la inscripción gremial y la personería gremial. Según sostiene, la primera le permite a Setram representar los intereses individuales de sus afiliados y, en determinadas circunstancias, ejercer representación colectiva, pero no le otorga los derechos exclusivos que la Ley de Asociaciones Sindicales reserva para las organizaciones con personería gremial.

En ese marco, el Municipio consideró que la participación en las negociaciones colectivas, la representación ante el Estado y los empleadores y la intervención en determinadas instancias institucionales constituyen facultades propias de la organización que cuenta con personería gremial. Por ese motivo, entendió que Setram no está habilitado para integrar la mesa paritaria municipal ni la Junta de Ascensos y Promociones.

Tras lograr la inscripción gremial, el Setram había pedido participar de instancias como las paritarias.

La resolución también rechazó el pedido para que el Municipio actúe como agente de retención de la cuota sindical. El Ejecutivo interpretó que la obligación prevista en el artículo 38 de la Ley 23.551 alcanza a las asociaciones sindicales con personería gremial y, por lo tanto, sostuvo que no está obligado a descontar de los haberes de los trabajadores los aportes destinados a Setram.

Otro de los puntos rechazados fue el pedido de franquicias horarias gremiales y permisos de salida remunerados para integrantes de la conducción del sindicato. El decreto sostiene que ese beneficio, contemplado en el artículo 44 de la Ley 23.551, también está reservado a los delegados de entidades con personería gremial, aunque aclara que las autoridades de Setram podrían acceder a licencias sin goce de haberes si cumplen con los requisitos establecidos por la legislación.

El decreto, de todos modos, deja una puerta abierta: el Municipio aclara expresamente que no desconoce la personería jurídica de Setram ni su condición de asociación sindical simplemente inscripta, sino que limita el alcance de los derechos que considera que puede ejercer mientras no obtenga la personería gremial.

Con el decreto, el gobierno le reconoce solamente al STM los plenos derechos de representación colectiva de los municipales.

 

El conflicto podría terminar en la Justicia

Una vez lograda la inscripción gremial ante la Secretaría de Trabajo, Setram había emitido un comunicado donde reclamaba el acceso a los derechos de representación colectiva. Desde Setram sostuvieron que, a la luz de la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, cuentan con los mismos derechos sindicales que cualquier otra organización y, por lo tanto, entienden que deben ser convocados a los ámbitos de negociación.

"Hoy gozamos de los mismos derechos sindicales que cualquier otro gremio. No solo podemos y debemos estar sentados en la mesa paritaria, sino que también nos corresponde un lugar en la Junta de Ascensos y Promociones (reencasillamientos) y demás derechos inherentes a la actividad sindical", señalaron.

Posiblemente visualizando el rechazo que ahora se conoció, el gremio conducido por Mariel Demattei Miliornaza señaló que "no nos temblará el pulso para iniciar las acciones necesarias en defensa de los intereses de los trabajadores municipales de General Pueyrredon y de la libertad sindical", en una clara advertencia de ir al ámbito de la justicia laboral para hacer valer sus pretensiones.

Ahora, Setram tendrá la posibilidad de presentar un recurso de reconsideración ante el Municipio para que se revea el decreto de Neme. En caso de ser rechazado, quedará agotada la vía administrativa, por lo que el caso se podrá judicializar.

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