Ley de Medios: la Corte Suprema rechazó un planteo del Grupo Clarín
Por Redacción 0223
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La Corte Suprema de Justicia desestimó un pedido del Grupo Clarín para que se rechace "in limine" el recurso de per saltum interpuesto por el Gobierno para se deje sin efecto la prórroga de la cautelar que mantiene en suspenso la aplicación de un artículo clave de la Ley de Medios.
Fuentes judiciales informaron que el Tribunal no hizo lugar al planteo que fue presentado este mismo viernes por el Grupo Clarín SA, Arte RadioTelevisivo Argentino SA, Cablevisión SA, Multicanal SA, Radio Mitre SA y Teledigital Cable SA.
Mediante dos presentaciones simultáneas -una realizada por la Jefatura de Gabinete de Ministros y la otra por la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA)- el Ejecutivo pidió ante el Máximo Tribunal la suspensión inmediata de lo resuelto ayer por la Cámara Civil y Comercial Federal, y la posterior declaración de nulidad de la prórroga de la cautelar.
Así lo consignaron fuentes judiciales, quienes detallaron que la presentación fue realizada a primera hora de la mañana de este viernes por la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación y por el AFSCA.
A media mañana, los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Enrique Petracchi recibieron copia de las presentaciones para considerar si se declara admisible el per saltum o se rechaza, con lo cual los apelantes deberían recurrir a la Cámara Nacional en lo Civil y Federal para tramitar la apelación por las vías habituales.
Sin embargo, fuentes de la Corte explicaron que faltan 4 ministros que volverán a sus despachos el lunes, por lo cual no se está en condiciones de emitir fallo alguno hoy por carecerse de la mayoría necesaria.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación deberá resolver primero si es procedente el planteo realizado por el gobierno nacional contra la prórroga dispuesta por la Cámara a la medida cautelar que mantiene paralizada la aplicación del artículo 161 de la Ley de Medios, en el marco de la causa que mantiene el grupo Clarín contra el Estado Nacional.
Según la ley de per saltum, la "admisibilidad del recurso" tendría "efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida", en este caso la extensión de la vigencia de la medida cautelar, explicaron las fuentes.
Los tres ministros presentes en el Palacio de Justicia mantuvieron un encuentro informal para hablar del tema, pero no se convocó aun a un acuerdo.
El recurso "extraordinario por salto de instancia" fue asignado a la Secretaría del Máximo Tribunal a cargo de Christian Abritta, con el expediente "E 287/2012 pva" (como se designa a las presentaciones varias).
Según precisaron los informantes, el caso está caratulado "Estado Nacional /Jefatura de Gabinete s/interpone recurso extraordinario por salto de instancia en autos Grupo Clarín S.A. s/medidas cautelares, expediente 8836/9".
El planteo del gobierno nacional pide la suspensión y la nulidad de la resolución dictada por la Sala I de la Cámara en lo Civil y Comercial que prorrogó la vigencia de la medida cautelar hasta que se dicte un fallo de fondo sobre la inconstitucionalidad o no de dos artículos (el 161 y el 45) de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.
De acuerdo con lo consignado por las fuentes, en su presentación, el Ejecutivo esgrime que lo resuelto por los camaristas de la Sala I está viciado de "nulidad" porque contradice lo dispuesto por la Corte al resolver que el 7 de diciembre vencía la vigencia de la medida cautelar en caso de que no hubiera un fallo de fondo en la primera instancia.
De esta forma, la Jefatura de Gabinete hizo uso del recurso del "per saltum" para evitar pasar con una apelación por la Cámara en lo Civil y Comercial Federal, en base a la modificación del artículo 257 del Código Procesal, que habilita esa instancia.
La Sala I de la Cámara en lo Civil y Comercial hizo lugar a un planteo del Grupo Clarín y extendió la vigencia de la medida cautelar que suspende la aplicación de la llamada cláusula de desinversión para sus empresas, hasta que la Justicia de primera instancia dicte un fallo de fondo, todavía en trámite desde hace tres años.
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