Penas de 4 y 3 años para dos jóvenes que golpearon y apuñalaron a otro en una pelea

El hecho ocurrió en abril del año pasado. Nicolás Velazco y Santiago Paonessa fueron condenados como autor y partícipe secundario de tentativa de homicidio tras un juicio abreviado.

Foto ilustrativa.

25 de Agosto de 2019 19:36

Por Redacción 0223

PARA 0223

Dos jóvenes que golpearon y apuñalaron a otro durante una pelea en la ciudad de Balcarce fueron condenados a 4 y 3 años de prisión como autor y partícipe secundario de homicidio en grado de tentativa tras un acuerdo de juicio abreviado en el Tribunal Oral en lo Criminal 1. El hecho ocurrido en abril del año pasado tuvo su resolución el viernes pasado con validación de la pena pactada entre las partes y la sentencia.

La fiscalía y la defensa de los imputados coincidieron en calificar al hecho como homicidio simple en grado de tentativa con responsabilidades distintas para Nicolás Agustín Velazco –de 19 años- y Santiago Paonessa, de 21. En el acuerdo que fue validado por el Juez Facundo Gómez Urso se los consideró respectivamente auto y partícipe secundario del ataque.

La madrugada del 15 de abril de 2018 en la avenida González Chávez entre las calles 3 y 5 de Balcarce, Mauro Rotuno recibió una puñalada en la zona toracoabdominal con un cuchillo de siete centímetros de hoja. Según los investigadores Paonessa golpeó varias veces a la víctima para neutralizar posibles defensas o resistencias antes del ataque perpetrado por Velazco.

Mientras caminaba tomándose el estómago por la herida recibida, Rotuno dio aviso a personal policial que recorría la zona quienes lograron aprehender a los imputados y secuestrar el arma empleada a pocos metros del lugar.

El conflicto había comenzado pocos días antes cuando Rotuno mantuvo una discusión con un hermano de Velazco y otra persona por un tema vinculado a las drogas y siguió con una serie amenazas a través de redes sociales y un ataque a piedrazos a la casa de la víctima.

Juez Facundo Gómez Urso. (Foto: archivo 0223).

Esa madrugada, a la salida de un local nocturno, los imputados junto a otro compañero se cruzaron con la víctima y la invitaron a pelear. En esa circunstancia Paonessa lo golpeó con una botella y Velazco, utilizando un cuchillo, lo apuñaló en dos oportunidades a la altura del abdomen mientras decía que lo mataría.

Para el esclarecimiento del hecho fue fundamental el análisis de las imágenes obtenidas por las cámaras de monitoreo del municipio de Balcarce que mostraron la secuencia tal como fue relatada por la víctima. Si bien Velazco dijo estaba borracho cuando lo apuñaló y que no tuvo intención de matarlo, para el magistrado hubo un comportamiento homicida desplegado ya que esperó a la víctima, usó un arma blanca potencialmente letal y la asestó en más de una oportunidad en una zona vital del cuerpo de Rotuno.

En la sentencia a la que tuvo acceso 0223, el magistrado descartó cuestiones eximentes de la responsabilidad penal, valoró como agravante la nocturnidad –acordada solamente para Paonessa- y consideró atenuante la falta de antecedentes penales de ambos imputados.

Tras calificar a los hechos como homicidio simple en grado de tentativa condenó a Nicolás Agustín Velazco a cuatro años de prisión y a Santiago Paonessa como partícipe secundario a tres años de prisión.