Gas: después de años, el oficialismo busca declarar a Mar del Plata como "zona fría"

El Frente de Todos presentó este jueves un proyecto en la cámara de Diputados de la Nación para avanzar con la recategorización tarifaria, lo que implicaría descuentos de entre el 30% y el 50% para el consumo domiciliario del servicio.

13 de Mayo de 2021 14:14

Por Redacción 0223

PARA 0223

El oficialismo presentó un proyecto de ley en la Cámara de Diputados de la Nación que representaría una reivindicación histórica para Mar del Plata al avanzar con la tan anhelada recategorización tarifaria que se reclama hace años para que la ciudad sea reconocida como una "zona fría" del país.

La iniciativa es impulsada por el diputado del Frente de Todos, Máximo Kirchner, y también cuenta con el apoyo de otros bloques, como Consenso Federal e Interbloque Federal. De aprobarse tal como está planteada, implicaría descuentos de entre el 30% y el 50% para el consumo domiciliario del servicio en marplatenses y batanenses.

El proyecto propone cambiar el artículo 67 del Presupuesto 2021, que prorroga por 10 años el Fondo Fiduciario para consumos residenciales de gas del artículo 75, para sumar al beneficio a más de 40 ciudades del interior de la Provincia - entre ellas, Mar del Plata - que padecen temperaturas bajo cero en época invernal.

Uno de los fundamentos del expediente al que tuvo acceso 0223 plantea que lo que se busca es "equilibrar las desigualdades que se han generado por la exclusión de esos territorios, en virtud del principio de igualdad y no discriminación y el derecho a la energía".

Es por eso que establece una reducción del 30% -y del 50% para beneficiarios de AUH, asignación por embarazo, pensión no contributiva con ingresos mensuales inferiores a cuatro veces el salario mínimo vital y móvil, y monotrobutistas inscriptos con salarios que no superen hasta 3 veces el mínimo- de la tarifa de gas para el consumo residencial.

El texto que ya está en manos de la cámara presidida por Sergio Massa también argumenta que, según la Organización Mundial de la Salud, una temperatura menor a las 18°C en el hogar tiene consecuencias directas e indirectas sobre la salud. A medida que bajan las temperaturas, aumentan los riesgos respiratorios, cardiovasculares y de alergias.

En principio, fuentes legislativas adelantaron que, por el consenso que tendría el proyecto, ya podría obtener este jueves su primer dictamen y quedar listo para su tratamiento directo en el recinto.

En la provincia de Buenos Aires, los municipios a los que llegará la medida son: Partido de La Costa, Pinamar, Villa Gesell, Mar Chiquita, General Pueyrredón, General Alvarado, Lobería, Necochea, Tres Arroyos, San Cayetano, Coronel Dorrego, Monte Hermoso, Coronel Rosales, Bahía Blanca, Villarino, Patagones, Tandil, Olavarría, Azul, General La Madrid, Coronel Suárez, Saavedra, Tornquist, Coronel Pringles, Laprida, Benito Juárez, Gonzales Chaves, General Juan de Madariaga, General Lavalle, Ayacucho, Rauch, Pellegrini, Salliqueló, Guaminí, Tres Lomas, Daireaux, Balcarce, Puán, Adolfo Alsina, Tapalqué, General Guido, Castelli, Dolores, Maipú, Tordillo, Bolívar, Pehuajó, Carlos Tejedor e Hipólito Yrigoyen.

Los beneficios, en detalle

En las nuevas localidades la tarifa diferencial implica una disminución del 50% de la factura de gas correspondiente, en el caso de los siguientes usuarios residenciales:

•    Beneficiarios y beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo;
•    Beneficiarios y beneficiarias de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a CUATRO (4) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil;
•    Usuarios inscriptos y usuarias inscriptas en el Régimen de Monotributo Social;
•    Jubilados y jubiladas; pensionadas y pensionados; y trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a CUATRO (4) Salarios Mínimos Vitales y Móviles;
•    Trabajadores monotributistas inscriptos y trabajadoras monotributistas inscriptas en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en TRES (3) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil;
•    Usuarios y usuarias que perciben seguro de desempleo;
•    Electrodependientes, beneficiarios de la Ley Nº 27.351;
•    Usuarios incorporados y usuarias incorporadas en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley Nº 26.844);
•    Exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza;
•    Ser titular de una Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

Respecto del resto de las usuarias y usuarios residenciales, la tarifa diferencial implicará una disminución del 30% de la factura de gas correspondiente. 
La ampliación en cuestión incorpora a las localidades actualmente alcanzadas, las comprendidas en el frente marítimo y subzonas del sur de la provincia de Buenos Aires.