A un año de la Ley de Alquileres: avances, retrocesos y tensiones

El 1º de julio, la ley 27551 cumplió un año desde su aprobación. Sin embargo, a la luz de los acontecimientos, no logró aún cumplir todos sus objetivos. Cuáles fueron los pro y los contra contras desde su implementación.

La ley de alquileres cumplió un año.

22 de Julio de 2021 15:32

Por Redacción 0223

PARA 0223

La ley 27551 cumplió el 1º de julio un año desde su aprobación, aunque a lo largo de este tiempo no todos los objetivos se cumplieron durante su implementación.

La norma, impulsada y celebrada por organizaciones de inquilinos, logró un amplio consenso parlamentario y fue vista tras su sanción como una medida que llevaría alivio a quienes deben pagar un alquiler. En ese sentido, de su articulado se desprenden iniciativas para generar transparencia en el mercado y lograr condiciones más equitativas en el acceso a la vivienda.

“Para que la ley no sea meramente declamativa y no quede reducida a un puñado de buenas intenciones, es necesario poner en marcha mecanismos para fiscalizar su cumplimiento”, dice una de las voces representativas de los inquilinos.

 

Qué refleja el balance

- En este primer año de instaurada la ley, un aspecto  que aún no se ve reflejado es el registro del contrato en la Afip, donde –según estimaciones- menos de la mitad fueron inscriptos.

-Por el contrario, es notable el cumplimiento del nuevo lapso de duración de los contratos: ahora son por tres años y no por dos, como establecía la vieja normativa. De acuerdo a fuentes consultadas, la mayoría de los contratos firmados en 2021 cumplen este punto de la Ley.

-La actualización de los valores, es uno de los aspectos que más preocupa a todos. Según la Ley, el ajuste de alquileres debe hacerse mediante el Índice para Contratos de Locación. Para confeccionarlo se ponderan las variaciones mensuales de precios al consumidor y de salarios promedio. El mismo es publicado por el Banco Central y, en julio de 2021, determinó un incremento del 41%.

-Las distintas entidades que nuclean a inquilinos coinciden en afirmar que cada vez es más alto el porcentaje de ingresos que la familias destinan a pagar el alquiler. Además,remarcan las frecuentes arbitrariedades y prácticas abusivas de las inmobiliarias, tales como exigir, para firmar un contrato, más requisitos que los establecidos por la legislación vigente.

- La Ley introdujo modificaciones en relación al mes de anticipo y depósito. En este caso no pueden ser mayores al equivalente a un mes de alquiler.

- Respecto a la garantía, el locatario debe proponer al menos dos alternativas entre: título de propiedad inmueble, aval bancario, seguro de caución, fianza o garantía personal del locatario (recibo de sueldo o certificado de ingresos).

- En relación a reparaciones urgentes del inmueble alquilado, en caso de que el propietario se niegue o demore excesivamente en hacer los arreglos, el inquilino puede realizarlas y descontar lo abonado del alquiler.