El juez López pide que la Justicia provincial resuelva el amparo que busca suspender la nueva Zona Roja

El magistrado federal se declaró incompetente para intervenir en el reclamo judicial que impulsa la Fundación Alameda, en un intento por dejar sin efecto la ordenanza 25.590 que está vigente desde el 25 de septiembre.

Se dilata una definición sobre la medida cautelar que podría frenar la iniciativa de Montenegro.

21 de Octubre de 2022 14:14

Por Redacción 0223

PARA 0223

Después de varios idas y vueltas, el juez federal Alfredo López declaró este viernes su incompetencia para resolver sobre el recurso de amparo colectivo que interpuso la Fundación Alameda con el fin de dejar en suspenso la ordenanza  25.590 que regula el trabajo sexual en la vía pública de Mar del Plata.

El titular del Juzgado Federal N°4 de la ciudad justificó su postura al entender que la Justicia en lo Contencioso Administrativa de la Provincia de Buenos Aires debe intervenir en un conflicto de estas características. “No se vislumbra figura alguna que involucre al Estado Nacional”, sostuvo.

“La competencia resulta ser la contenciosa administrativa provincial por el territorio y la materia, por las partes involucradas como así también por la normativa cuestionada y el tema que constituye la polémica de la misma, resultando el suscripto incompetente para tratar el asunto”, sentenció López, en el fallo que resolvió este viernes y al cual accedió 0223.

El dictamen del juez López abre la puerta a la intervención de la Justicia provincial.

El dictamen del juez López abre la puerta a la intervención de la Justicia provincial.

Frente a ello, el juez remitió el expediente a la Receptoría General de Expedientes del Departamento Judicial de Mar del Plata “a los fines de su asignación al Juzgado que corresponda” aunque también dejó abierta a la posibilidad de una apelación por parte de la fundación Alameda.

“A efectos de que proceda en caso de no compartir el criterio de este magistrado a dirimir la cuestión ante el Tribunal en común, Corte Suprema de Justicia de la Nación, mediante incidente”, concluyó el hombre de la Justicia Federal.

La reciente novedad judicial no hace más que dilatar la definición sobre el destino que tendrá el recurso de la Fundación Alameda. Así, mientras se estiran los tiempos judiciales para tratar el expediente, la ordenanza se mantiene vigente en la ciudad desde el 25 de septiembre.

A principios de julio, Gustavo Vera, en nombre del Comité de Lucha contra la Trata y la Explotación de Personas, presentó un primer amparo pero en agosto fue rechazado por López al entender que la dependencia de la Jefatura de Gabinete no se encuentra legitimada para demandar en nombre del Estado nacional. Entonces, entró en acción la Fundación Alameda, la organización que antes presidía Vera, e insistió con el recurso.

La autodenominada y vieja "Zona Roja" estaba delimitada delimitada por las avenidas Jara, Champagnat, Luro y la calle Belgrano. Se trataba de un sector que históricamente convivió con reclamos y quejas de vecinos por la exposición que implica el trabajo sexual, y a ello se sumó, con el correr de los años y en forma cada vez más constante, las denuncias por narcomenudeo y venta de cocaína.

Sin embargo, una vez que el Ejecutivo local reglamentó la ordenanza que sancionó en junio el Concejo Deliberante con los votos de la mayoría, a partir de la madrugada del sábado 25 de septiembre la Zona Roja se reubicó en la Avenida 10 de Febrero desde la calle Cacique Chuyanyuta y por una extensión de 200 metros, un sector donde la vivienda más próxima se encuentra a 400 metros.

Desde esa fecha también han sido constantes las quejas de las trabajadoras sexuales y de los colectivos trans migrantes, que acusan al intendente de quitarles el trabajo por la gran lejanía que tiene el sector designado por el Ejecutivo (está próximo a los cementerios del sur).

En la ordenanza, además, se estableció que quienes desarrollen actividad sexual fuera del área permitida podrán sufrir multas económicas importantes, con un tope cercano a los 900 mil pesos, e incluso penas de hasta 40 días de prisión.