Día Internacional de la Marihuana: hablemos de cannabis

Mientras el mundo se debate entre la prohibición, despenalización o legalización de la planta y sus derivados, desde enero de 2020 la Organización Mundial de la Salud (OMS) reconoce y aprueba el uso de la marihuana con fines medicinales.

20 de Abril de 2022 11:22

El 20 de abril se celebra, extraoficialmente, el Día Internacional de la Marihuana en alusión a un grupo de adolescentes californianos que en la década del ‘70 se juntaban todos los días a las 4.20 PM a fumar después de clases.

Mientras el mundo se debate entre la prohibición, despenalización o legalización de la planta y sus derivados, desde enero de 2020 la Organización Mundial de la Salud (OMS) reconoce y aprueba el uso de la marihuana con fines medicinales.

Aprovechando, esta fecha vamos a hablar de marihuana. Te doy un dato: no hay un solo caso en la historia de la medicina de alguien intoxicado por sobredosis de marihuana. Sí de drogas duras, fármacos o drogas socialmente aceptadas, pero ninguno de cannabis. Sin ir más lejos, el alcohol o el cigarrillo matan más consumidores al año que fumar porro.

En nuestro país la Ley Nº 27.350 autoriza el cultivo con fines medicinales y el acceso en farmacias de diversos productos a base de cannabis, además de extender el uso medicinal de esta planta a diferentes patologías.

El consumo con fines medicinales es legal y para poder acceder a estos productos es obligatorio  primero contar con una prescripción médica. Es indispensable que el médico adjunte una declaración Jurada y Consentimiento Informado, y vincular al paciente, tercero u ONG con el cultivo en  Reprocann, el programa que te habilita a recibir tratamiento con cannabis y sus derivados para uso medicinal.

En tanto, el consumo personal recreativo está despenalizado, pero no legalizado. ¿Cuál es la diferencia?

 

 

Lo legal tiene una regulación y si cumplís con ella se puede donde y como sea, mientras que algo que está despenalizado es delito, pero en determinadas circunstancias no tiene condena judicial, por ejemplo la tenencia para consumo personal. Esto quiere decir que si estás fumando un charuto, no vas en cana, pero te lo sacan.

¿Y qué pasa con el autocultivo, la tenencia y la portación de marihuana? Si estás registrado en Reprocann podés tener hasta 40 gramos de flores o  9 plantas en un espacio de no más de 6 metros cuadrados. Si querés tener un autocultivo pero no estás registrado ahí, ya te aviso que en Argentina no podés.  

A pesar de estas regulaciones, el  paradigma prohibicionista y punitivo permanece vigente. Y cómo ves, hay muchos grises.

En otras partes del mundo, como en EEUU, es una industria que genera millones de dólares al año y miles de puestos de trabajo, y hay empresas  dedicadas al cultivo de cannabis que cotizan en bolsa.

En nuestro país su aceptación viene un poco más lenta… de todas maneras desde la Cámara Argentina del Cannabis se espera que la industria nacional cannabica alcance la suma de casi cuarenta y dos mil millones de dólares para 2028 y, según la empresa de información financiera Bloomberg, para ese año a nivel global llegara a los 91.5 billones de dólares.

Todo esto podría traducirse en generación de empleo y desarrollo económico para el país, aumento de las exportaciones y generación de divisas si tan solo dejáramos de prejuzgar a la planta solo como una droga recreativa. 

Queda mucho camino judicial y social por recorrer. El mundo del cannabis presenta infinitas posibilidades tanto para ayudar a pacientes como para impulsar la economía a otro nivel ya que, para muchos, es el negocio del futuro.