La justicia marplatense ordenó indexar un crédito UVA por el Coeficiente de Variación Salarial

No se mantendrá la actualización por el Índice de Precios al Consumidor. Se consideró que el Banco Provincia tendría que haber otorgado un “crédito responsable” y se ponderó el derecho constitucional a la vivienda.

Miles de familias mantienen el reclamo por una nueva legislación que contemple su situación. Foto: 0223.

18 de Julio de 2022 16:02

Por Redacción 0223

PARA 0223

El Juzgado Civil y Comercial Nº6 de Mar del Plata ordenó al Banco Provincia a modificar el coeficiente de indexación original del crédito UVA otorgado a un matrimonio, aplicando el Coeficiente de Variación Salarial que informa el INDEC, lo que significa una disminución considerable de la deuda que mantenían con la entidad financiera.

La jueza Gabriela de Sábato consideró que el banco le confirió a los demandantes un crédito a 23 años “en forma irresponsable, facilitándoles que se sobreendeudarán”, en función del volumen de los ingresos que el matrimonio tenía al momento de contraer el crédito hipotecario en 2017 y contemplando otros créditos que el Provincia le había entrega previamente y uno posterior para la compra de un auto. “El Banco debería conocer que frente a una escalada de los índices de actualización por aumento de la inflación, a los actores se les dificultaría honrar el contrato”, planteó la magistrada en un reciente fallo al que accedió 0223, donde remarcó la obligación de la entidad de otorgar un “préstamo responsable”.

“Ese imprudente accionar del proveedor bancario permite que judicialmente se lo responsabilice por las consecuencias a las que hoy se enfrentan los demandantes”, por lo que la justica falló a favor de los demandantes, representados por la abogada Verónica Giovanello. Ahora, la auxiliar contable deberá hacer el reajuste y, sobre el monto exacto del capital adeudado en la actualidad, la entidad bancaria deberá calcular y determinar el valor de las cuotas mensuales futuras.

El crédito UVA, que se ajusta por el índice de precios al consumidor, se transformó en un dolor de cabeza para muchas familias argentinas que accedieron a él como una forma de resolver el acceso a la vivienda y actualmente asumen cuantiosas deudas. La jueza de Sábato consideró que entre octubre de 2017 -el momento en que se otorgó el crédito- y junio de 2022, el valor del UVA se incrementó en un 508%, mientras que el Coeficiente de Variación Salarial lo hizo en apneas un 376%. La situación particular del matrimonial fue apenas más favorable: sus ingresos crecieron en un 435%.

 

Derecho constitucional

En su fallo, la jueza ponderó la jerarquía constitucional del derecho a la vivienda, consagrado tanto en la Constitución Nacional como en tratados internacionales a los que adhiere Argentina. Producto de la deuda, la vivienda única del matrimonio está actualmente en estado de ejecución por mora, por lo que “se encuentra en riesgo el derecho a la vivienda”.

“Siendo un derecho constitucionalmente protegido, el Estado no puede permanecer indiferente ante su potencial vulneración, y deben tomarse las medidas apropiadas tendientes a asegurar la efectividad de este derecho, para que no se torne ilusorio o meramente declarativo”, sostuvo de Sábato, en un fallo que sienta jurisprudencia para otros casos en litigio y donde se resaltó el actual estado legislativo de un proyecto en la Cámara de Diputados que busca dar soluciones a los deudores hipotecarios UVA.

Más allá de ello, la magistrada igualmente realizó advertencias sobre la naturaleza de los créditos UVA, donde no hizo lugar a que la aplicación en general de la actualización por el Índice de Precios al Consumidor represente un caso fortuito o de fuerza mayor. “El incremento de la inflación, en un país con inflación crónica, no reviste la entidad”, sostuvo en la sentencia.