La justicia rechazó una medida cautelar para prohibir fiestas en el sur

La justicia rechazó el pedido de Kanki Alonso para que se suspendan los after beach organizados en la playa Siempre Verde.

La Justicia rechazó la cautelar que buscaba prohibir afters en Casa Pampa Playa.

20 de Enero de 2023 11:48

Por Redacción 0223

PARA 0223

La justicia rechazó una medida cautelar para prohibir las fiestas electrónicas durante enero en la Unidad Turística Fiscal Siempre Verde, conocida como Casa Pampa Playa. Kanki Alonso, que encabeza distintas protestas contra la realización de eventos y fiestas en la zona sur de Mar del Plata.

Entre ellos, le apuntó a las fiestas producidas por El Calamar Loco en Casa Pampa Playa y presentó una acción de amparo contra el Ente Municipal de Turismo (Emtur) que autorizó la realización de todos los eventos a lo largo de enero.

Los intentos de Alonso por evitar que se realicen fiestas en esa unidad turística fiscal habían apuntado primero al Emtur. Sin embargo, el ente presidido por Bernardo Martín había argumentado que la firma organizadora de los eventos había cumplido con todos los requisitos e incluso había presentado un plan de manejo ambiental para la realización de estos after beach, incluso cuando la legislación no lo requería por las características y la cantidad de gente que se esperaba.

Alonso redobló la apuesta y fue a la justicia a la que solicitó que implemente una medida cautelar que impida la realización de las fiestas en la playa.

Sin embargo, el juez en lo contencioso administrativo de Bahía Blanca, Agustín López Cóppola, rechazó el pedido del amparista para que se impida a través de una medida cautelar la realización de las fiestas.

“Los actores nada manifestaron respecto de la circunstancia que se les hizo saber en el proveído del 17 de enero de 2023 (documental que no puede ser visualizada), como tampoco hacen referencia a la insuficiencia de elementos necesarios para el dictado de la cautela pretendida, circunstancia advertida en el resolutorio del 13 de enero de 2023 por la anterior jueza interviniente”, indicó el magistrado.

En ese contexto, el juez rechazó la medida cautelar, aunque aclaró que “eso no excluye las medidas necesarias que debe tomar la administración a fin de evitar los potenciales riesgos y daños detallados por los actores”.