Todo por $850: la ínfima suma que cobrará 7 años después por el daño a su moto en un playón municipal

En 2016 le secuestraron la moto en un operativo de tránsito. Denunció que el rodado sufrió la sustracción de varios componentes, pero la Justicia solo le reconoció la desaparición de una pieza menor.

El fallo del Juzgado Contencioso Administrativo N°2 le dio, parcialmente, la razón al demandante. Foto: 0223.

26 de Diciembre de 2023 07:59

“Tarda en llegar y al final hay recompensa”, dice el, a esta altura, trillado fragmento de la canción de Soda Stereo. La situación cuadra a la perfección para quienes durante años y años sostienen una demanda judicial contra el Estado, con el objetivo de recibir una indemnización o reparación por un perjuicio sufrido. Pero muy lejos de eso quedó un vecino de la ciudad al que, siete años después, la justicia marplatense le reconoció haber sido víctima de daños en su moto tras ser secuestrada en un operativo de tránsito, aunque solo consideró la desaparición de una pieza menor. ¿El monto de la indemnización?: apenas 850 pesos, que incluso fue apelada por los abogados de la Municipalidad.

El fallo del titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo N°2 de Mar del Plata, Marcelo Fernández, le reconoció a un hombre de 40 años una indemnización por los daños que sufrió su Gilera Smash mientras permanecía en el playón municipal de Tres Arroyos y Garay, tras ser secuestrada en un operativo en 2016. Sin embargo, el magistrado solo contempló la sustracción de la pechera o carcasa frontal, el único daño que reconoció la Municipalidad, ya que el resto de los faltantes denunciados “no han sido debidamente acreditados”, según consignaron en sede judicial.

El inicio del conflicto se remonta al 20 de octubre de 2016 cuando personal de la Comuna secuestró una moto en un operativo de tránsito. Cuando su propietario fue a retirarla al playón el 3 de noviembre, se encontró con que el rodado presentaba daños derivados de la irregular guarda y custodia, como quedó asentado en la causa. Días después, el conductor inició los reclamos administrativos para ser indemnizado por $31.573 –unos $900 mil actualizados por inflación- por la desaparición de la pechera, guardabarros delantero, carenado lateral, cubre tablero, teclas o comandos eléctricos, carenado cubre piernas derecho y soporte posa pie del conductor. De todos ellos, la Municipalidad solo reconoció el primero, pero le denegó el pago porque el vecino perjudicado solo tenía el Formulario 08, reclamándole que debía tramitar la titularidad del vehículo.

Tras agotar la vía administrativa, el hombre en 2021 radicó la denuncia ante el fuero Contencioso Administrativo, que en los últimos días finalmente le dio, parcialmente, la razón. Por un lado, Fernández catalogó como “claramente ilegitimo” lo resuelto por la Administración en cuanto a no reconocer su “plena legitimación” para reclamar por los daños al no tener la titularidad del vehículo, ya que contaba con el Formulario 08 a su nombre, documentación suficiente según la justicia. También consideró probada la “deficiente prestación del servicio de custodia”, lo cual fue reconocido por la Municipalidad, aunque el letrado disintió con la magnitud de los daños.

La moto sufrió daños en el playón de secuestro de Garay y Tres Arroyos. Foto: 0223.

En ese sentido, el juez consideró relevante que en el acta de entrega de la moto, firmada por el denunciante, solo figuraba como único faltante la “pechera”. “Ese documento hace plena fe en cuanto al faltante que menciona, pero, a la vez, genera la presunción de que ese era el único faltante. La demanda no brinda explicaciones en torno a la firma del actor en tal acta y su falta de objeciones frente a una hipotética constancia manuscrita incompleta agregada después”, evaluó.

“El resto de las constancias de las actuaciones administrativas, incluyendo en ellas fotografías de muy deficiente calidad, no resultan idóneas para acreditar la efectiva existencia o inexistencia de los elementos restantes. La inexorable consecuencia de lo expuesto es que la regla de la carga de la prueba conduce a afirmar que los faltantes en la moto no han sido debidamente acreditados, obstáculo que se erige en una valla insalvable para el avance de los razonamientos en tal sentido, con la única salvedad de los daños reconocidos por la demandada”, agregó Fernández.

Además, a la única pieza reconocida como faltante, la cubierta delantera, le asignó un valor de $805, tal y como fue consignado en los presupuestos presentados a la Municipalidad por el motoquero. Al no indicarse allí el valor de la mano de obra, el monto tampoco se amplió, por lo que así resultó la indemnización total reconocida en el fallo, que igualmente será actualizada de acuerdo a la tasa más alta que pague el Banco provincia en los depósitos a 30 días, que llegaría a los $3.600.

Como si el revés no fuera suficiente para el vecino, los abogados de la Municipalidad apelaron la sentencia del juez Fernández, una obligación que tienen ante cualquier resolución judicial en contra de la administración. El expediente ya ingresó a la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, que dictó los autos para sentencia.