Exploración off shore: la Justicia pidió aclaraciones a YPF por presunta manipulación de la información

Fue luego que se filtrara un supuesto documento oficial que evidencia estrategias de manipulación de la opinión pública. Organizaciones ambientales denunciaron que se vulneraron normas federales, constitucionales y convencionales.

Se prevé que la exploración comience a fines de 2023. Foto: YPF.

12 de Julio de 2023 13:25

Por Redacción 0223

PARA 0223

El titular del Juzgado Federal N°2 de Mar del Plata, Santiago Martín, solicitó a YPF que brinde un conjunto de precisiones luego que se filtrara un presunto documento de su autoría, donde se evidencia un plan de manipulación de la opinión pública para aislar a organizaciones ambientalistas que se oponen a la exploración y explotación off shore en el Mar Argentino. Para los denunciantes, la situación implica la vulneración de normas federales, constitucionales y convencionales respecto al acceso a la información ambiental.

En una resolución firmada el 10 de julio, el magistrado federal requirió a YPF que en el plazo de cinco días “indique con claridad si el documento fue elaborado por la propia empresa, si el mismo se encuentra anexado a algún expediente administrativo o indique lo que estime pertinente”. El juez aclaró que lo ordenado tiene sustento en lo planteado en la Ley 27.275 de Derecho de Acceso a la Información Pública y la Ley 25.831 de Régimen de Libre Acceso a la Información Pública Ambiental.

La decisión la tomó luego que un conjunto de organizaciones ambientales, entre ellas Greenpeace, anexará al expediente judicial el documento “YPF. Exploración offshore con licencia social”, presuntamente realizado por la empresa mixta de mayoría estatal en 2022 y que les llegó de parte de "un empleado" de la firma. En sus 18 páginas, se realiza un análisis del estado de situación respecto al debate sobre la explotación petrolera frente a la costa marplatense, donde se diseñan distintas intervenciones para ganar la adhesión de la opinión pública.

Allí se reconoce que “no hay licencia social” para la actividad extractivista: “aunque se cumplieron los pasos previstos, las únicas voces presentes son críticas”, afirma el escrito, donde se sostiene que la exploración se detuvo a principios de 2022 por responsabilidad del intendente Guillermo Montenegro, quien presentó un amparo.

El juez Santiago Martín pidió detalles a la empresa estatal. Foto: 0223.

En su contenido, se presta especial atención a la necesidad de contar con “licencia social” para hacer viable viable el proyecto, la cual “se mide por el nivel de apoyo y aprobación de una empresa o actividad por parte de diversos grupos de interés”. A su vez, se reconoce que “aunque no es un instrumento formal, (la licencia social) se construye desde el consenso con la comunidad y algunas veces es igual o más importante que las habilitaciones legales”.

Ante dicho escenario, “nuestro enfoque propone interpretar e intervenir sobre este intangible estableciendo etapas, modelos y parámetros”. El debate “no puedo reducirse a petroleras vs ambientalistas, porque las condiciones no son favorables, por eso proponemos una estrategia de aproximación indirecta, que rodee a los objetivos que queremos convencer mediante cápsulas aparentemente imparciales, con tono informativo”. En dicha estrategia, un factor clave es “mitigar la influencias de quienes se oponen, desgastando el mensaje y también al emisor”. Así entonces, se plantea que “no vamos a cambiar la posición del núcleo duro, pero aquellos que se suman en etapas tempranas a amplificar el impacto suelen hacerlo por moda. Debemos convertir esa moda en un miedo profundo de quedar en ridículo, empatándolo con los reclamos más descabellados y con las formas más incómodas”. En cuanto a los aspectos positivos a resaltar, se destaca centralmente el impacto económico, con la generación de empleos de calidad y con la generación de divisas.

En su presentación judicial, las organizaciones ambientales consideraron que el contenido del documento que le atribuyen a YPF “constituye una violación a los derechos fundamentales con rango federal, constitucional y convencional, en materia de Ética para el Ejercicio de la Función Pública, la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, como también el derecho humano de acceso a al información veraz y fidedigna”.