Absuelven a acusados de falsificar un documento y vender terrenos en el barrio San Patricio
Se resolvió tras un juicio en el Juzgado Correccional N°5. No se pudo demostrar la adulteración de documentos ni se mostraron elementos que permitan establecer la figura de estafa.
Por Redacción 0223
PARA 0223
Dos hombres acusados de falsificar un documento y estafar a varias personas con la venta de terrenos en el barrio San Patricio entre diciembre de 2016 y septiembre de 2017 fueron absueltos tras el juicio que se desarrolló en el Juzgado Correccional N°5 a cargo del Juez Leonardo Celsi.
Según la hipótesis del fiscal de Delitos Económicos David Bruna, tanto Francisco Diez (68) como Manuel Fransesch (63) eran autores de los delitos de falsificación de instrumento público y estafas reiteradas. Sin embargo, al momento de los alegatos, desistió de la acusación por algunos hechos por la inasistencia al debate de las víctimas que era “demostrativo de su desinterés”; así como también que, en algunos casos, las conductas eran atípicas por la ausencia de perjuicio o de un ardid suficiente.
En la sentencia a la que tuvo acceso 0223, el magistrado dijo que no se pudo acreditar que mediante un acuerdo y plan previo en el que dividieron funciones, Diez y Fransech hayan confeccionado un contrato de cesión y derechos y acciones posesorias por una importante cantidad de lotes para comercializar.
“Lo que conforme la prueba rendida en el debate no está acreditado, es que Diez hubiera invocado falsamente ejercer la posesión de tales inmuebles, y que Francesch los hubiera adquirido a precio vil, con el propósito de comercializarlos perjudicando a terceros. En este caso, ha de anticiparse que esos terceros no son otros que quienes figuran como víctimas de las estafas intimadas en los hechos”, dijo el magistrado.
Con relación a los derechos posesorios de Diez sobre los lotes especificados en el instrumento, Celsi dijo que “no es el objeto de este juicio, ni es potestad del Suscripto, formular una declaración sobre la existencia, alcances o inexistencia de tales derechos, sino la determinación de la configuración de un delito”.
El magistrado destacó el planteo del abogado defensor Horacio Mariano Ayesa con relación a las situaciones remanentes por el delito de estafa. “Si el instrumento no es falso, poco queda para sostener la materialidad de los restantes hechos. Ello por cuanto sin la falsedad instrumental, como contexto del supuesto plan y acuerdo criminal preconcebido, se desvanece toda posibilidad de sostenerla existencia de tales sucesos”, citó al profesional.
El titular del Juzgado Correccional N°5 absolvió a Francisco Roberto Diez y a Manuel Ramón Fransesch por la alegada comisión de los delitos de falsificación de instrumento público y 61 hechos de estafa.
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