Pena condicional de dos años por tener marihuana: lo descubrieron en 2015
El acuerdo de juicio abreviado se resolvió en la Justicia Federal. Se lo condenó por el delito de tenencia ilegítima de sustancias estupefacientes.
Por Redacción 0223
PARA 0223
Un hombre de 50 años que tenía bajo su custodia plantas de marihuana en la localidad de Los Pinos fue condenado a dos años de prisión de ejecución condicional tras la validación, la semana pasada, de un acuerdo de juicio abreviado en la Justicia Federal. Lo singular del hecho es que el allanamiento tuvo lugar en marzo de 2015, hace más de nueve años.
La sentencia del Juez Roberto Falcone se dio tras el acuerdo que presentaron el fiscal Juan Manuel Pettigiani y la defensora oficial Natalia Castro por el hecho calificado como tenencia ilegítima de sustancias estupefacientes.
A partir de la naturaleza y modalidad de comisión del hecho, la edad del encartado, el grado de educación que le permitiera comprender el desarrollo de sus acciones y sus consecuencias; merituando como atenuantes la ausencia de antecedentes y situación familiar; y, asimismo, considerando las demás pautas mensurativas, se condenó a Hugo Daniel Gómez como autor penalmente responsable.
Para el mantenimiento de condicionalidad se dispuso que fije residencia, se someta al control de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal (DCAEP) y a la adopción de oficio, arte, industria o profesión adecuada a su capacidad.
El hecho, la calificación
El 19 de marzo de 2015 un operativo a cargo de la Dirección de Investigaciones del Tráfico de Drogas Ilícitas terminó con la aprehensión de Gómez que tenía ilegítimamente bajo su esfera de custodia en su domicilio en calle 25 entre 8 y 10 del paraje Los Pinos un total de 60 cogollos de marihuana.
En la resolución de la Justicia Federal a la que tuvo acceso 0223 se estableció la ausencia de elementos que permitiera atribuirle a Gómez "el elemento subjetivo del tipo (finalidad de comercialización) cuya constatación se exige para hacer lugar a un agravamiento de la figura básica acordada por las partes".
Distintos operadores judiciales consultados por este medio sobre la demora de nueve años para resolver vía juicio abreviado la causa indicaron que es una de las consecuencias de haber tenido durante seis años un Tribunal desmembrando y con una agenda de juicio diferente. "No tiene una explicación lógica y razonable", sostuvo.
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