Estuvo más de dos años preso, no vio nacer a su hijo, fue a juicio y quedó en libertad

Su pareja, que también fue absuelta, ya estaba con arresto domiciliario. Los habían detenido en marzo de 2024 en un allanamiento por una banda que cometía entraderas en la zona sur.

Estuvo preso más de dos años.

14 de Abril de 2026 08:05

Por Redacción 0223

PARA 0223

Una pareja acusada de tenencia con estupefacientes con fines de comercialización que fue detenida en marzo de 2024 durante un allanamiento en el barrio Cabo Corrientes fue absuelta tras la realización de un juicio en el Tribunal Oral en lo Criminal N°1 al no reunirse la prueba suficiente para tener certeza sobre su participación. 

La medida alcanzó a Julián Antonio Villarreal, que estaba privado de su libertad desde el día del operativo y no vio nacer a su hijo, y a su pareja Florencia Anahí Cebayo que llegó al debate cumpliendo arresto domiciliario. La defensa durante el debate que presidió la Jueza Paula Soulé, estuvo a cargo de los abogados penalistas Carlos Alcorta y Florencia Ocampo, respectivamente.

Los dos fueron detenidos en el marco de una investigación a cargo del fiscal Mariano Moyano que desbarató una banda acusada de cometer varios robos en viviendas en la zona sur de la ciudad durante los meses de enero, febrero y marzo. Durante el procedimiento que desarticuló a la denominada “Banda del verano”, secuestraron una bolsa de nylon con presunta marihuana y otra con cocaína, además de celulares y una balanza cuya posesión le adjudicaron a la pareja.

Uno de los allanamientos.

 Ambas defensas técnicas alegaron que sus asistidos no tenían poder de disponibilidad sobre el material estupefacientes secuestrado, ni conocimiento respecto a que en la mochila en que se encontraron los elementos, hubiera estupefacientes o armas e hicieron foco en las características del inmueble allanado.

La vivienda era habitada por gran cantidad de personas –entre diez y quince-, tenía dos ingresos y se podían identificar tres unidades diferentes con divisiones casi simbólicas porque se usaban puertas con comunicación, muebles o cortinas.

Material probatorio poco serio

Durante el debate que concluyó la semana pasada, el propio fiscal Pablo Cistoldi criticó la falta de acompañamiento de las fotografías que presuntamente se habrían tomado durante el procedimiento, planteó como “poco serio” el accionar policial y sostuvo que parecía haber terminado durante el allanamiento.

“Igualmente, en este punto, es de destacar que éstas fotos pudieron ser solicitadas por el Ministerio Público Fiscal al recibir las actuaciones - más allá que la policía debió acompañarlas- o requerir su remisión como instrucción suplementaria; lo mismo cabe decir sobre la falta de confección de croquis, o inspección ocular”, sostuvo la Jueza.

Armas secuestradas en el operativo.

“En este punto, es llamativa la ausencia de la realización de tales diligencias que son de rigor en los procedimientos, y que como ya expresé, resultaban sumamente oportunas en un allanamiento en que se secuestraron diferentes elementos de interés (vinculados a una causa de robo ya en curso y a una que evidentemente iba a iniciarse ante el hallazgo casual de material estupefacientes y armas)”, agregó Soulé.

La convivencia de al menos trece personas en una construcción sin claras divisiones internas, la ausencia de precisión por parte del personal policial sobre el concreto lugar de hallazgo de los elementos incautados, la presencia de la mochila con la droga entre dos habitaciones y hasta el arribo de visitantes el día anterior fueron algunos de los elementos que impactaron negativamente en la hipótesis fiscal.

El juicio se hizo en Tribunales.

Al considerar que la prueba reunida en contra de los acusados, valorada conjuntamente, no llegó a tener la entidad correspondiente para poder arribar a un juicio de certeza; operando, en definitiva, una duda razonable, la Jueza absolvió a Florencia Cebayo y Julián Antonio Villarreal con relación a los delitos de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización propiamente dicha (y tenencia ilegítima de armas de fuego de uso civil y tenencia ilegítima de arma de guerra.

Soulé dispuso la inmediata libertad de los nombrados previa verificación de las autoridades penitenciarias que no pesan sobres los mismos, medidas restrictivas a la libertad dispuestas por órganos competentes.