Abogado golpeó a un juez jubilado: deberá disculparse, hacer un curso y cumplir reglas durante un año y medio

La suspensión del juicio a prueba se resolvió en el Juzgado Correccional N°4. La defensa del ex Juez rechazó la medida y pidió que continúe el proceso penal.

La audiencia se hizo esta semana.

2 de Abril de 2026 15:38

Por Redacción 0223

PARA 0223

Tras considerar el derecho a acceder a la alternativa en cuestión, valorar la ausencia de antecedentes y la calificación de la causa, la Justicia dispuso suspender el juicio a prueba respecto del abogado que en abril de 2023 abordó a un ex juez de trabajo en la zona comercial de calle Güemes, lo tomó de un brazo y lo golpeó en la cara con un elemento contundente.

Según la investigación fiscal, esa jornada el imputado golpeó al ex Juez Humberto Omar Noel y le anunció que sufriría un mal inminente y grave al referirle "... que puto que sos ... me sacaste una sentencia en contra .. te voy a matar a trompadas…” con el propósito de alarmarlo o amedrentarlo.

Se resolvió tras una audiencia.

El Juez Leonardo Celsi dispuso que por un año y seis meses Ignacio Erenchun fije domicilio, se someta al contralor del Patronato de Liberados, realice una consulta diagnóstica y, eventualmente, tratamiento psicológico para el manejo de la agresividad y reacciones violentas, y ofrezca sus sinceras preguntas.

Si bien había el abogado había realizado un ofrecimiento económico en la medida de sus posibilidades, para el profesional patrocinante de Noel, el mismo “carece de toda razonabilidad y proporcionalidad, por no considerar el daño moral y psicológico declarado por la víctima, ni haber sido negociado o consensuado con ella”.

“La ausencia de diálogo o composición real impide afirmar que haya voluntad preparatoria o conciliatoria por parte del imputado”, le dijo el abogado penalista Maximiliano Orsini a 0223 al adelantar que rechazaron la salida alternativa por resultar contraria a los derechos y garantías de la víctima y pedir que se mantenga la prosecución del proceso penal hasta su resolución por sentencia.

Juez Leonardo Celsi.

En la audiencia que se realizó esta semana, la víctima expresó que lo ocurrido es un daño al ejercicio profesional y al de la magistratura, un grave ejemplo. También dijo que no era una cuestión personal, sino en el respeto a las instituciones republicanas y en el mismo sentido Orsini agregó que se estaba en presencia de un hecho de gravedad institucional y por eso se oponían a la suspensión.

Por su parte el fiscal Paulo Cubas expresó que eran atendibles los argumentos del particular damnificado, pero no escapa al caso, a que todo imputado tiene derecho a esa alternativa, y que la ausencia de antecedentes y la calificación le permitían acceder a la suspensión. Recordó que mantuvo contacto con la víctima, con lo que se redactó un acta, brindando sus razones y expresándole que el imputado no lo molestó más, lo que se merituó para arribar a la alternativa que tiene como objetivo arribar a la paz social.

Abogado Maximiliano Orsini.

A su turno la defensora oficial Gabriela Peña expresó que no había limitación en función de lo manifestado por el damnificado, rigiendo principios penales básicos como el de ultima ratio del derecho penal y de estricta legalidad y que correspondía hacer lugar a la suspensión del juicio a prueba.

Más allá de la decisión de Celsi, la resolución fue apelada el mismo día por Orsini al recordar la declaración que la víctima dio en octubre de 2025 durante una audiencia en la que dijo que después de la agresión, tenía miedo de salir solo, y su hijo lo acompañaba cuando tenía que hacerlo.

“Esa declaración refleja un daño emocional persistente, la ausencia de un proceso reparatorio real y la falta de contacto restaurativo con el imputado. La reparación económica ofrecida —un monto de $300.000— no fue acordada conmigo, carece de instancia conciliatoria válida y no representa un reconocimiento integral del daño padecido”, agregó.