Reglamentaron la nueva Tasa de Alumbrado: también contarán las luminarias de toda la manzana para fijar el monto

Inicialmente se había informado que solo se tomarían en cuenta las luces de la cuadra. No se pagará por lote, sino por unidad habitacional. Comercios e industrias siguen dentro de la TSU.

Neme reglamentó la Tasa de Alumbrado: también contarán las luminarias de toda la manzana para fijar el monto a pagar

7 de Mayo de 2026 08:27

El intendente Agustín Neme reglamentó este miércoles la Tasa de Alumbrado Público creada este año por el Concejo Deliberante, con dos cambios que apuntan a lograr una mayor recaudación a partir de los montos que deberán afrontar los vecinos de General Pueyrredon. Por un lado, se tomarán las luminarias de toda la manzana, hasta un área de 100 metros cuadrados; por el otro, la tasa no se pagará por lote sino por la cantidad de unidades habitacionales que haya en cada inmueble.

Las novedades se conocieron a través de la publicación del Decreto 932/2026, donde se establecieron algunos criterios operativos para la instrumentación del cobro de la Tasa de Alumbrado Público, creada a partir de la quita de un componente de la Tasa de Servicios Urbanos y su incorporación en la boleta de las compañías eléctricas. En ese marco, el gobierno anunció la firma de convenios con Edea y tres cooperativas que prestan el servicio en distintos barrios, aunque no dio a conocer su contenido.

Sin embargo, lo más notorio del decreto es el cambio de condiciones contenidas en la Ordenanza Fiscal y en el discurso que el oficialismo brindó durante el tratamiento del proyecto. Por un lado, se afecta el artículo 254° de la Ordenanza Fiscal, donde se establece la base imponible de la tasa y se fija un importe “por cada inmueble en función de la cantidad de luminarias existentes en la cuadra y/o vías de acceso al mismo”.

En la reglamentación, el gobierno precisó el concepto de “vías de acceso”, al considerarlas como “toda vía pública destinada a la circulación sobre la cual se encuentra ubicado el/los ingreso/s a los inmuebles, como así también las arterias que rodean la manzana, quinta, fracción, etc., donde se emplazan los mismos, hasta un área de cien (100) metros cuadrados”.

El intendente Agustín Neme reglamentó este miércoles la Tasa de Alumbrado Público. Foto: Ilustrativa MGP.

Es decir, si bien se había informado que el cobro abarcaría las luminarias de la cuadra de cada inmueble, en rigor se tomarán en cuenta las de toda la manzana, hasta un área de 100 m². Esto impacta directamente en el monto a pagar por cada titular, dado que se establece un cuadro tarifario inicial de $3.500 por hasta 3 luminarias en poste, de $6.000 hasta 3 luminarias en columna, $6.400 por 4 luminarias y $6.700 cuando sean más de 4 luminarias.

En tanto, la reglamentación especifica en su artículo 5° que cuando en un mismo inmueble haya más de una unidad sin subdivisión en sede provincial y sin medidor de energía eléctrica, la tasa se aplicará a cada unidad, sumándose en el total. En los hechos, si por ejemplo en un mismo lote hay tres casas, entonces no se pagará por una, sino por tres.

Los casos que seguirán pagando desde la TSU

Por otro lado, el decreto de Neme estableció una serie de contribuyentes que no pagarán el servicio de alumbrado a través de la nueva tasa, sino que lo seguirán haciendo en la TSU. Allí se incluyen los terrenos baldíos -salvo que tengan medidor de energía eléctrica- y los inmuebles en zonas donde no existe prestación del servicio eléctrico.

La novedad surge en otro conjunto de usuarios, como el caso de los comercios e industrias. Entre las excepciones, el gobierno incluyó a aquellos encuadrados “en las tarifas TEIS, T2, T3 y T4”.

Tasa de Alumbrado: se considerará toda la manzana, se cobrará por unidad y habrá ajustes por inflación.

La primera refiere a la Tarifa Eléctrica de Interés Social (TEIS), que incluye a usuarios en situación de vulnerabilidad. Los restantes son usuarios con consumo elevado: T2 corresponde a pequeños comercios o usuarios con consumo medio; T3, a comercios, industrias o servicios con consumo alto; y T4, a grandes usuarios.

En este caso, la excepción también tiene un objetivo recaudatorio, ya que estos contribuyentes hubieran pasado a pagar menos con el esquema tarifario de la Tasa de Alumbrado Público que con el correspondiente a la TSU.

La actualización, por inflación

Finalmente, otra novedad es que la reglamentación establece un criterio de actualización del cuadro tarifario, que tendrá aumentos cada dos meses a partir de enero. A tales efectos se tomará el Índice de Precios al Consumidor, es decir, la inflación registrada en un período anterior. Esto implicaría una actualización con una fórmula distinta a la informada en su momento, dado que el artículo 290° de la Ordenanza Fiscal establece que ese tributo “se efectuará conforme la variación de los costos del servicio”, lo cual no es idéntico al IPC.