Revocaron la suspensión del juicio del abogado que golpeó a un juez jubilado

Lo dispuso la Sala III de la Cámara de Apelación y Garantías tras revocar el dictamen fiscal que consintió la suspensión. La causa regresa a fiscalía para un nuevo dictamen.

Se resolvió en la Cámara de Apelación y Garantías.

11 de Junio de 2026 18:42

Por Redacción 0223

PARA 0223

En sintonía con el pedido que había hecho el abogado que representa a la víctima, la suspensión del juicio a prueba respecto del abogado que en abril de 2023 abordó a un ex juez de trabajo en la zona comercial de calle Güemes, lo tomó de un brazo y lo golpeó en la cara con un elemento contundente fue revocada por la Cámara de Apelación y Garantías.

El Juzgado Correccional N°4 había suspendido el juicio al abogado Ignacio Erenchun y dispuesto que por un año y seis meses fije domicilio, se someta al contralor del Patronato de Liberados, realice una consulta diagnóstica y, eventualmente, tratamiento psicológico para el manejo de la agresividad y reacciones violentas, y ofrezca sus sinceras preguntas.

Lo dispuso la Sala III.

Esa resolución fue apelada por el abogado Maximiliano Orsini que representa al ex juez Humberto Omar Noel al considerar que la misma era arbitraria por no haber efectuado una valoración real y efectiva de la oposición efectuada por su parte.

Si bien el imputado había realizado un ofrecimiento económico en la medida de sus posibilidades, para el profesional patrocinante de Noel, el mismo carecía de toda razonabilidad y proporcionalidad, por no considerar el daño moral y psicológico declarado por la víctima, ni haber sido negociado o consensuado con ella.

“La ausencia de diálogo o composición real impide afirmar que haya voluntad preparatoria o conciliatoria por parte del imputado”, le había dicho Orsini a 0223 al adelantar que rechazaron la salida alternativa por resultar contraria a los derechos y garantías de la víctima y pedir que se mantenga la prosecución del proceso penal hasta su resolución por sentencia.

Abogado Maximiliano Orsini.

Según la investigación fiscal, esa jornada el imputado golpeó al ex Juez Humberto Omar Noel y le anunció que sufriría un mal inminente y grave al referirle "... que puto que sos ... me sacaste una sentencia en contra .. te voy a matar a trompadas…” con el propósito de alarmarlo o amedrentarlo.

Los jueces Pablo Poggetto y Alfredo Deleonardis consideraron que “la postura del Fiscal, de limitar el análisis de procedencia del instituto a la consideración de la calificación legal de los delitos y la ausencia de antecedentes del imputado, desentendiéndose de las particularidades de los hechos que se atribuyen al imputado, incumple con su obligación funcional de analizar si concurren razones que -pese a ello- justifiquen la necesidad de mantener el ejercicio de la acción penal con miras a obtener una pretensión punitiva, en atención a razones de política de persecución criminal, dado que el Fiscal no puede ser obligado a cesar en el ejercicio de la acción penal pública sólo en razón de una petición del imputado en tal sentido”.

Los miembros de la Sala declararon la nulidad del dictamen emitido por el fiscal Cubas y revocaron el decisorio que había suspendido el juicio a prueba respecto de Ignacio Erenchun, debiendo remitirse a la instancia a los fines que se formule nuevo dictamen del Fiscal en relación a la procedencia de dicho instituto y se vuelva a emitir resolución al respecto.

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