Niegan salidas transitorias para rendir exámenes a violador condenado a más de 36 años de prisión
Lo resolvió la Sala I Cámara de Apelación y Garantías. La pena única de 36 años y 10 meses de prisión impuesta a Rubén César Galera vence en septiembre de 2040.
Por Redacción 0223
PARA 0223
La Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías mantuvo firme una resolución dictada hace casi un mes y no hizo lugar al régimen de salidas transitorias solicitado a favor del violador reincidente Rubén César Galera que cumple una pena única de 36 años y 10 meses de prisión.
Galera fue condenado por primera vez en diciembre de 2004 a 17 años de prisión, en julio de 2014 a un año y medio de prisión por una tentativa y en noviembre de 2017 fue condenado nuevamente por una violación a 22 años de prisión. El último de los hechos fue cometido mientras estaba con el régimen de libertad anticipada otorgado en 2015 por el Juzgado de Ejecución Penal N°2.
Durante la audiencia, la defensa oficial había sostenido que Galera reunía los requisitos legales para acceder al beneficio, ya que mantiene conducta ejemplar, no registra sanciones disciplinarias y cursa estudios universitarios: el pedido tenía como finalidad permitirle rendir exámenes presenciales de la carrera de Abogacía en la Universidad Nacional de Mar del Plata, ya que la institución no contempla esa instancia de forma virtual.
Al momento de solicitar las salidas plantearon que las mismas se realizaran bajo estrictas medidas de seguridad, incluyendo custodia o monitoreo electrónico, y argumentaron que el derecho a la educación debía ser garantizado aun durante el cumplimiento de la pena.
Por su parte, el fiscal general adjunto Marcos Pagella señaló que Galera posee múltiples condenas, que no acreditó una fecha concreta de examen ni documentación suficiente sobre su condición académica, y consideró razonable la denegatoria frente a la gravedad de los antecedentes del condenado.
Los jueces Gastón de Marco y Juan Pablo Lódola remarcaron que Galera fue condenado por delitos de abuso sexual, incluso luego de haber obtenido anteriormente una libertad condicional, circunstancia que —según el tribunal— evidenció un quiebre de la confianza depositada por el Estado y justificó mantener la negativa al beneficio.
La Cámara también sostuvo que el derecho a la educación no es absoluto y que el sistema penitenciario ofrece alternativas para continuar estudios mediante convenios universitarios y modalidades virtuales, sin necesidad de autorizar salidas al medio libre. Además, consideró que persisten riesgos de fuga –aun restan más de trece años de condena- y de reiteración de conductas delictivas, especialmente por los antecedentes del interno y los informes psicológicos incorporados al expediente.
Luego de que la Sala I confirmara por unanimidad la resolución apelada y rechazara el régimen de salidas transitorias solicitado, la Defensora General Cecilia Boeri y el propio Galera adelantaron que apelarán la decisión.
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