Escándalo: fue a comer a un restaurante, resbaló en la escalera y deberán pagarle 15 millones de pesos
La clienta resbaló bruscamente y cayó sobre los peldaños cuando buscaba abandonar el establecimiento.
Por Redacción 0223
PARA 0223
La Justicia de la Provincia de Buenos Aires dictó un fallo indemnizatorio histórico tras condenar a un reconocido restaurante de Mar del Plata y a su compañía aseguradora a pagar más de 15 millones de pesos. La medida judicial beneficia a una clienta de 61 años que sufrió un grave accidente al resbalar en una escalera de piedra del local gastronómico. El tribunal encuadró el lamentable suceso dentro de una clara relación de consumo, responsabilizando directamente a la empresa propietaria por no garantizar las condiciones mínimas de seguridad e higiene dentro del establecimiento comercial.
Cuál es el fallo que afectó a un famoso restaurante de Mar del Plata
El dramático episodio ocurrió durante una jornada lluviosa de marzo de 2019, cuando la víctima terminaba de almorzar con sus amigas y disponía a retirarse del comercio. Al descender por el tramo exterior de la estructura, la mujer resbaló bruscamente y cayó sobre los peldaños, sufriendo una dolorosa fractura trimaleolar de tobillo que requirió internación urgente e intervención quirúrgica. A pesar de que la aseguradora intentó desconocer el hecho y adujo culpa exclusiva de la víctima, la demanda prosperó debido a las secuelas físicas permanentes que afectaron la movilidad de la persona afectada.
Durante el desarrollo del proceso judicial, la presentación del ticket fiscal correspondiente a la mesa 69 resultó una prueba crucial para certificar la presencia de la mujer en el local. Asimismo, las declaraciones testimoniales brindadas por las acompañantes confirmaron la mecánica de la caída y la falta total de elementos de contención en el lugar del accidente. Las testigos presenciales relataron de forma concordante que los escalones estaban completamente mojados y que la víctima tuvo que ser trasladada de urgencia hacia el hospital para recibir los primeros auxilios médicos correspondientes.
Los informes periciales encargados a ingenieros especialistas en seguridad determinaron que la escalera de piedra laja incumplía gravemente las normativas municipales vigentes en la ciudad. Los análisis técnicos revelaron la ausencia absoluta de tratamientos antideslizantes en los peldaños, falta de señalización de peligro y fallas estructurales en las alturas máximas permitidas para los escalones. Además, la empresa gastronómica demandada no aportó las grabaciones de las cámaras de seguridad internas para intentar desmentir el hecho, lo que fue interpretado por los jueces como un indicio sumamente desfavorable.
La víctima tiene una incapacidad permanente del 21%
Al momento de evaluar los daños corporales, la pericia médica constató que la víctima padece una incapacidad física parcial y permanente del 21% debido a las secuelas artrósicas que le quedaron en el tobillo derecho. Por esta razón, el tribunal resolvió incluir en el monto indemnizatorio los rubros correspondientes a la incapacidad sobreviniente, el daño moral y la devolución de todos los gastos médicos y de traslados afrontados. Sin embargo, los magistrados descartaron sumar resarcimientos por daño psicológico o futuras cirugías al considerar la patología como clínicamente estabilizada.
En el aspecto legal, el fallo fundamentó que la obligación del comerciante hacia sus clientes representa una deuda de valor que debe calcularse a precios reales al momento de dictarse la sentencia final. La suma otorgada inicialmente en la demanda debió ser actualizada a valores del año 2026, alcanzando una cifra final que supera holgadamente los quince millones de pesos. A esa suma global se le adicionarán los intereses acumulados desde el día en que ocurrió el accidente hasta la fecha de cobro efectivo según las tasas oficiales del Banco Central.
La sentencia judicial sienta un precedente fundamental en el fuero civil bonaerense respecto a la aplicación estricta del principio de carga dinámica de la prueba en el marco del derecho del consumidor. La resolución impone la totalidad de las costas procesales a la parte vencida y obliga a los dueños de locales gastronómicos a extremar los cuidados preventivos en sus instalaciones. La víctima recibirá la millonaria reparación económica tras años de litigio, mientras el fallo advierte sobre la responsabilidad objetiva que asumen los comercios al prestar servicios al público.
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