Juzgarán a conductor que giró a la izquierda en una avenida y chocó a motociclista
La Cámara de Apelación y Garantías confirmó la elevación a juicio tras rechazar el planteo de nulidad de la defensa y el pedido de sobreseimiento.
Por Redacción 0223
PARA 0223
El conductor de un auto que a fines de mayo de 2023 giró a la izquierda en la avenida Juan B. Justo y chocó a un motociclista al que le provocó varias fracturas irá a juicio tras la decisión de la Cámara de Apelación y Garantías de rechazar el planteo de nulidad de la defensa y el pedido de sobreseimiento.
La Sala II confirmó de esta manera la resolución que tomó el 26 de marzo pasado la Jueza de Garantías Rosa Frende de no hacer lugar al planteo de nulidad ni al sobresemiento de P. L. V. y elevó las actuaciones “a la subsiguiente etapa de debate oral y público respecto del nombrado, en calidad de presunto autor del delito de lesiones culposas agravadas por la conducción imprudente de vehículo con motor”.
Según la investigación, el conductor de un Renault Symbol circulaba por la avenida Juan B. Justo en dirección a la costa cuando giró a la izquierda a altura de calle 214 sin poner la luz de guiño y sin disminuir la velocidad. Allí chocó la moto en la que viajaba E.T. y le provocó fracturas de fémur, tobillo y otras lesiones graves.
La defensa sostuvo que la investigación presentaba falencias al no precisar aspectos como la velocidad de los vehículos, las condiciones climáticas o si los ocupantes de la motocicleta utilizaban casco, por lo que solicitó la nulidad de la requisitoria fiscal y el sobreseimiento del acusado.
Sin embargo, los Jueces Adrián Angulo y Marcelo Madina consideraron que esos cuestionamientos no demostraban un perjuicio concreto al derecho de defensa y remarcaron que las eventuales discrepancias sobre la valoración de la prueba deberán debatirse durante el juicio oral. También señalaron que la posible incidencia de una conducta imprudente de la víctima no excluye, por sí sola, la responsabilidad penal del imputado.
El tribunal destacó que existen suficientes elementos probatorios para sostener la acusación, entre ellos testimonios, informes periciales, historia clínica, fotografías, registros fílmicos e informes accidentológicos que respaldan la hipótesis fiscal sobre la maniobra antirreglamentaria del conductor.
Con estos fundamentos, la Sala II confirmó íntegramente la resolución de primera instancia, mantuvo el rechazo de la nulidad y del sobreseimiento, y dispuso que la causa continúe hacia la etapa de juicio oral y público.
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