Comienzan a aplicar una nueva ley para personas en situación de calle
El gobierno provincial implementa un sistema que incluye asistencia social, sanitaria, acceso a documentación y apoyo para empleo y vivienda permanente.
Por Redacción 0223
PARA 0223
El gobierno de la provincia de Buenos Aires reglamentó una nueva ley destinada a garantizar los derechos de las personas que se encuentran en situación de calle o en riesgo de atravesar esa condición. Esta normativa reemplaza la ley vigente desde 2009 y establece un enfoque integral para abordar esta problemática social.
La nueva legislación define como personas en situación de calle a aquellas que habitan de forma transitoria o permanente en la vía pública o en espacios públicos, sin importar si utilizan servicios de asistencia o alojamiento nocturno. También incluye a quienes están en riesgo, como quienes deben egresar de establecimientos sin acceso a vivienda, quienes enfrentan desalojos sin recursos, y quienes viven en asentamientos precarios o en condiciones de hacinamiento.
La Dirección de Atención a Familias en Situación de Calle será la autoridad encargada de aplicar la norma. Entre sus funciones se encuentran la implementación de políticas que aseguren el acceso a servicios sociales y de salud, el apoyo para conseguir empleo digno y la promoción del acceso efectivo a una vivienda permanente.
En cuanto a cifras, aunque no existen datos actualizados para la provincia, el Ministerio de Capital Humano realizó un primer relevamiento nacional que identificó a 9.421 personas en situación de calle, sin incluir Buenos Aires. Este número contrasta con las estimaciones de organizaciones sociales, que indican una cifra considerablemente mayor.
Uno de los mecanismos centrales previstos es la creación de una Red Provincial de Centros de Integración Social, que incluirá establecimientos provinciales y municipales con acceso voluntario e irrestricto. Estos centros operarán durante todo el año y ofrecerán alojamiento, alimentación, higiene, atención primaria de salud, talleres, espacios terapéuticos y capacitaciones laborales.
Además, se implementará un Sistema Provincial de Atención Telefónica gratuito y permanente, en coordinación con los municipios para facilitar la intervención de las autoridades correspondientes. También se establecerá un Servicio Móvil de Atención Social con profesionales y operadores que detectarán situaciones de calle, brindarán alimentos, ropa, abrigo, contención, asistencia sanitaria y actuarán ante emergencias habitacionales.
La ley garantiza el acceso gratuito a la documentación necesaria para acreditar la identidad, coordinando con el Registro de las Personas la tramitación de partidas de nacimiento, DNI y otros documentos. Asimismo, se dispondrá de una referencia administrativa postal para que las personas en situación de calle puedan recibir correspondencia y acceder a servicios y trámites.
Se establece que ninguna persona podrá ser negada a atención por no contar con documentación y que el Estado deberá implementar medidas para evitar la discriminación y estigmatización. Además, antes de recurrir a la fuerza pública, deberán agotarse todas las instancias de articulación y medidas asistenciales.
La norma crea una Comisión Interministerial e Intersectorial con participación de diversas áreas provinciales, como Salud, Hábitat y Desarrollo Urbano, Trabajo, Mujeres y Diversidades, y el Registro Provincial de las Personas. También podrán ser convocados municipios, organizaciones sociales, colegios profesionales y cultos religiosos para colaborar en la implementación.
Esta nueva legislación deja sin efecto la Ley 13.956 sancionada en 2009 y cualquier otra norma que contradiga el actual régimen. La autoridad de aplicación podrá firmar convenios con municipios para ejecutar las medidas en todo el territorio bonaerense.
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