Hicieron una estafa con terrenos y los condenaron a pagar más de 20 mil dólares
Lo resolvió el Juzgado en lo Civil y Comercial N° 7. El hecho ocurrió en 2010. La medida alcanza a Luis Alberto Rodríguez y a los herederos de María Evaristo.
Por Redacción 0223
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La Justicia Civil y Comercial de Mar del Plata hizo lugar a una demanda presentada por un hombre que en 2010 fue estafado con la compra de terrenos en Sierra de los Padres y condenó solidariamente a L.A.R. y a otras tres personas en carácter de herederos de la fallecida M.M.E. al pago de más de veinte mil dólares y más de dos millones de pesos.
Según la presentación que hizo Pascual Bigarani a través del abogado Walter Llona en 2017, los demandados se habían presentado como gestores de negocios inmobiliarios y profesionales vinculados a la operación, pero posteriormente descubrió que había sido víctima de una maniobra fraudulenta.
De acuerdo con las constancias incorporadas al expediente, R. habría utilizado boletos de compraventa falsificados para presentarse como legítimo adquirente de terrenos cuyos verdaderos titulares habían fallecido décadas antes. Bigarani y otra adquirente abonaron dinero por esas operaciones y posteriormente se promovieron juicios de escrituración utilizando documentación apócrifa.
La Justicia civil tuvo en cuenta la sentencia penal dictada en 2018 contra M.M.E, quien fue condenada a cuatro años y seis meses de prisión e inhabilitación especial para ejercer la abogacía por el mismo período, por su participación en una asociación ilícita y distintos hechos de estafa, utilización de documentación falsa y estafa procesal.
En esa causa, conocida como Usurpaciones S.A. y que este medio dio a conocer en junio de 2015, se estableció que un grupo de personas conformaron entre el 30 de diciembre de 2008 y por lo menos el 12 de diciembre de 2013 “una organización estable y permanente, para lucrar y enriquecerse ilícitamente bajo la simulación fraudulenta de compraventa de inmuebles, intentando y en algunos casos logrando perjudicar a sus verdaderos titulares o derecho habientes”.
La sentencia que en diciembre de 2018 dio el Tribunal Oral en lo Criminal N°3 había considerado acreditada la intervención de Evaristo en tareas de asesoramiento, gestión y patrocinio vinculadas con esas operaciones.
En esta oportunidad se rechazó la excepción de falta de legitimación pasiva planteada oportunamente por E. y continuada por sus herederos, al considerar que había quedado acreditada su vinculación con los hechos investigados.
La jueza Daniela Valeria Basso condenó solidariamente a los demandados a pagar 20.854,30 dólares por el perjuicio patrimonial, 2.623.060 de pesos en concepto de daño extra patrimonial más los intereses y costas cuando la sentencia quede firme.
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