Condenan a 25 y 8 años de cárcel a los padres de la pequeña Abigail

2 de Julio de 2007 21:53

Por Redacción 0223

PARA 0223

Como se recordará Abigail fue asesinada a golpes y arrojada a una cantera. El padre deberá pagar con 25 años de carcel por el delito de homicidio agravado por el vínculo y la madre sólo con ocho. El joven padre fue condenado a 25 años de prisión y su concubina a ocho años de cárcel, al ser hallados culpables de haber asesinado a golpes y arrojado a una cantera a la hija de ambos de dos años.
El Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 3 de Mar del Plata condenó esta tarde por el filicidio a Nestor Ramos, de 28 años, y a Evagenlina del Valle Algarbe, de 24.
Los miembros del TOC 3, Hugo Trogu, Eduardo Alemano y Alfredo Deleonardis consideraron a los condenados autores del delito de homicidio agravado por el vínculo, de su hija Abigail, a la que también se la conocía como "Lucero".
El juicio oral y público, que se inició el 18 de junio último, giró en torno a la presunta responsabilidad material de los padres biológicos de la víctima, pero aún queda por dilucidar una concatenación de circunstancias anteriores que condujeron a la nena a horribles padecimientos que terminaron con su muerte.
El fiscal Marcos Pagella, al pronunciar su alegato, consideró que ambos imputados fueron coautores del hecho pero les adjudicó un grado de responsabilidad disímil, por lo que pidió reclusión perpetua para Ramos y prisión perpetua para Algarbe.
Subsidiariamente (ante la posibilidad de que el Tribunal no diera por acreditada la coautoría de Algarbe en el homicidio) solicitó que la condenen a 18 años de prisión por "abandono calificado de persona seguido de muerte".
En tanto que la defensora oficial María Victoria Sosa reclamó la absolución de Algarbe al sostener que no está probada su participación en el homicidio y, en respuesta al segundo requerimiento del fiscal, pidió que la absuelvan.
La defensora alegó la "inexigibilidad de una conducta determinada", en cuanto a que no pudo evitar que Ramos matara a la niña.
Por su parte el defensor oficial Ricardo Mendoza pidió que a Ramos se lo condene por el mínimo para el "homicidio"; es decir a ocho años de prisión, por considerar la existencia de circunstancias extraordinarias de atenuación.
En tal sentido, enumeró una serie de factores que, a su entender, incidieron para que cometiera el hecho, tales como la situación socioeconómica de la familia, el ambiente en que se desarrolló su vida y los conflictos que padeció durante su niñez.
Durante el debate declararon varios peritos psicólogos y psiquiatras que -si bien no se pronunciaron por la inimputabilidad de los encausados- ofrecieron amplias referencias que luego los defensores emplearon para solicitar atenuantes o eximentes.
De tal manera, Algarbe fue descripta como una mujer que sufrió malos tratos físicos y psicológicos desde su infancia y que luego repitió ese modelo al formar pareja con Ramos, quien la tenía sojuzgada mediante golpes y apremios sicológicos.
Hubo -además- vastas exposiciones sobre la personalidad de Ramos, cuyo desarrollo intelectual fue comparado con la de un niño de nueve años y su proclividad a las conductas antisociales como resultado de una vida tormentosa.
Este peligroso cuadro psicológico no fue detectado a tiempo, más precisamente en diciembre de 2005, cuando la Justicia les restituyó la criatura.
Finalmente, cuatro meses más tarde Lucero terminó asesinada a golpes y arrojada al fondo de la cantera "Rizzi, de Mar del Plata, tras padecer tormentos que fueron constatados por los forenses y que incluyeron quemaduras con elementos candentes.
La nena había sido abandonada por sus padres al momento de nacer en el Hospital Materno Infantil y desde entonces estuvo al cuidado de Hogares de Belén, donde fue conocida como "Lucero".
Los intentos propiciados por la Justicia de Menores por acercarla a sus padres fracasaron debido a la indiferencia que éstos demostraron, por lo que fue puesta, entonces, en estado de preadoptabilidad.
En forma sorpresiva y con el patrocinio de un abogado particular, los padres biológicos pidieron finalmente la tenencia de Lucero. La Justicia de Menores se negó, pero la Cámara Civil y Comercial hizo lugar al requerimiento.
Durante el juicio, el fiscal Pagella manifestó algunas incógnitas por esa conducta, ya que una mujer sojuzgada y temerosa pudo -sin embargo- imponer su voluntad en un aspecto tan importante.
Pagella pidió que las constancias de juicio sean remitidas a la fiscalía General para que se investiguen las instancias previas a la muerte de Lucero.


AUTOR / FUENTE: Agencia Télam

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