Detalles de la recusación al juez Ferro por vínculos con un administrador de Madaho´s

Tras el allanamiento a la casa de uno de los imputados en la causa, Alejandro Ferrarello, se hallaron comunicaciones del magistrado que revelan una relación de afinidad profesional y personal, además de medidas dirigidas a afectar la función de los otros dos jueces del caso.

2 de Octubre de 2016 12:13

Por Redacción 0223

PARA 0223

En el marco de la causa Madaho´s iniciada en el año 2013, con intervención del Juzgado Federal N°3, Secretaría N°8 de Mar del Plata, los fiscales a cargo de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas, los fiscales a cargo de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos y el Fiscal Federal Nicolás Czizik, titular de la Fiscalía Federal N°2 de Mar del Plata, suscribieron varios escritos en base a nuevas pruebas recolectadas y solicitaron, en particular, la recusación del Juez de la Cámara Federal de Mar del Plata, Jorge Ferro. El pedido fue puesto en conocimiento además del Consejo de la Magistratura, para que analice la conducta del magistrado.

En julio de 2015, la Cámara Federal de Apelaciones confirmó el procesamiento de Mario Alejandro Lafalce, Daniel Alberto Fay, Darío Antonio Navarro y Mario Alberto Sasiain, pero en el último mes, luego de ser indagado, Alejandro Ferrarello también quedó procesado bajo la condición de ser partícipe secundario del delito de trata de personas con fines de explotación sexual agravado por el abuso de situación de vulnerabilidad, por ser cometido contra más de tres víctimas, por la participación de tres o más personas y por haber logrado la explotación en concurso aparente con la comisión del delito de explotación de la prostitución ajena agravado por el abuso de vulnerabilidad; ello reiterado en diecisiete (17) casos que concursan de modo real entre sí, aclarando que en cuatro (4) casos, no se dio el agravante de haber logrado la explotación de las víctimas.

Con la orden de allanamiento librada, en abril del año pasado se procedió a la requisa del domicilio laboral de Ferrarello, situado en Colón 3445, 2° piso, oportunidad en la que se secuestró una computadora y dos teléfonos celulares, de cuyo análisis parcial surgió que el imputado y el Juez de Cámara Jorge Ferro tendrían una “relación de afinidad personal y profesional”, la que era aprovechada por Ferrarello para ejercer una influencia indebida sobre el magistrado.

Según informaron desde el Ministerio Público Fiscal de la Nación a 0223, entre los hallazgos se destacan especialmente por su gravedad, las comunicaciones que revelan a Ferro acordando con Ferrarello medidas dirigidas a afectar la función jurisdiccional de sus colegas en la cámara, los magistrados Jimenez y Tazza. En algún caso, incluso, promoviendo y alentando junto a Ferrarello, la recusación de uno de sus colegas y, en otros correos, participando en la redacción de un pedido de juicio político para el otro.

De acuerdo a los investigadores, “estas comunicaciones dan cuenta de una muy fluida relación entre ambos, que denota una enorme grado de confianza, que no debió haberse pasado por alto al magistrado a la hora de actuar como juez en el caso, en donde precisamente Alejandro Ferrarello es uno de los imputados y procesados. En este sentido, el magistrado Ferro no se ha privado de actuar como juez, incluso, en planteos realizados directamente por el mismo Ferrarello. Quizá la intervención judicial que mejor ejemplifique y refleje esta dinámica de actuación conjunta y combinada sea su voto (el de Ferro) relacionado con el pedido de Ferrarello para apartar al Juez Inchausti del proceso. Mientras sus dos colegas destacaron que no existía motivo alguno para dudar de la imparcialidad de Inchasuti, Ferro, en soledad, sostuvo en términos especialmente beligerantes lo contrario”.

Al respecto, y en relación al pedido de su amigo Ferrarello, Ferro citó en un mensaje: “… La causa sufre una especie de apropiación (sic) del juez a quo, que en la práctica veda la defensa dinámica de la solución de las cautelares vigentes dictadas -insisto- en el marco de la inexistente trata de personas (sic)…”.