Diez años de prisión para el autor de una brutal golpiza y violación

Mario Ismael Menéndez fue condenado por los hechos que cometió en septiembre del año pasado en su casa del barrio Regional. Seguirá detenido en la UP 15 de Batán.

15 de Julio de 2018 13:00

Por Redacción 0223

PARA 0223

Un hombre de 44 años que en septiembre de 2017 privó de su libertad a quien era su pareja, la golpeó y la violó en su casa del barrio Regional fue condenado a diez años de prisión luego de que se validara en el Tribunal Oral en lo Criminal 2 el acuerdo de juicio abreviado alcanzado entre la defensa y la fiscalía. Mario Ismael Menéndez seguirá detenido en la Unidad Penal 15 de Batán como autor penalmente responsable del delito de privación ilegal de la libertad en concurso ideal con lesiones leves y abuso sexual con acceso carnal en concurso ideal con abuso sexual gravemente ultrajante.

Menéndez trabajaba como remisero y había iniciado una relación tres meses antes de los hechos con L.M. , una mujer oriunda del Partido de Mar Chiquita y mamá de dos chicos. Ese fin de semana el imputado la fue a buscar y la alojó junto a pequeños en su vivienda ubicada en San Lorenzo al 7000.

Si bien todo transcurrió con normalidad durante el viernes, sábado y domingo, en la madrugada del lunes el sujeto inició una discusión por celos y todo terminó de la peor manera: tras golpearla salvajemente, la violó por vía vaginal y anal. El abuso provocó graves lesiones a la víctima, que debió ser suturada y tiene por delante un largo tiempo recuperación.

Siete horas de terror y días de hostigamiento

Los golpes y vejaciones que Menéndez ejerció sobre la mujer ocurrieron entre la una y las ocho de la mañana. El imputado la  amenzaba para que no gritara ya que los hijos de la mujer estaban durmiendo en otra habitación. L.M. se pudo marchar del lugar cuando uno de los chicos se despertó, los cambió y volvió a su casa.

A partir de ese momento el remisero hizo un constante hostigamiento mediante el envío de audios y mensajes en los que la denigraba y amenazaba con subir a la redes sociales una fotografía que poseía de ella desnuda.

La mujer decidió denunciar lo sucedido en la comisaría de la Mujer y pocos días más tarde –en el marco de una investigación a cargo del fiscal Fernando Castro- se ordenó su detención. Más allá de la actuación del Ministerio Público Fiscal, L.M. fue patrocinada por el abogado Julio Razona como particular damnificado.

Para el Juez Roberto Falcone no existió ninguna duda respecto a la participación de Menéndez en los hechos imputados. En ese sentido tuvo en cuenta las declaraciones de L.M. , la contundencia de las pericias médicas, los mensajes de WhatsApp y los audios grabados en los que “el propio Menéndez reconoce los hechos denunciados, amenazando a la nombrada con publicar en las redes sociales una fotografía de ella, surgiendo un  claro hostigamiento y la situación de violencia física y moral aquí enunciada”.

“Todo ello se encuentra procesalmente reforzado por el secuestro de diversos elementos realizado en la casa de Menéndez,   tales como un toallón, una sábana con mancha símil tejido hemático y una serie de toma de muestras del colchón y del sillón, siendo dichas muestras coincidentes con el relato de la damnificada, respecto de dónde ocurrieron los abusos, como así también, surge de los resultados periciales la presencia de PSA característico del semen y del fluido prostático”, agregó.

Hechos previos similares sin denuncias

El magistrado también tuvo en cuenta para conformar el indicio de sospechabilidad sobre la conducta y personalidad del aquí enjuiciado, que surge de las declaraciones prestadas por tres  exparejas de Menéndez. “Todas ellas son coincidentes al negarse a denunciar al procesado por temor a éste, relatando las experiencias vividas en su relación con Menéndez, quien las obligaba bajo amenazas y golpes, a tener relaciones sexuales de manera violenta, introduciéndoles su mano vía anal y vaginal, exhibiéndoles para amedrentarlas, fotografías de parejas anteriores golpeadas por él”, sostuvo.

En la sentencia a la que tuvo acceso 0223 no aparecen causales de exención de la responsabilidad penal del imputado y se tomó como agravante el daño psicológico causado en la víctima, materializado en un alto nivel de temor, vulnerabilidad y estrés post-traumático, ello sumado al daño físico derivado en las lesiones constatadas.

El magistrado consideró a Mario Menéndez como autor jurídicamente responsable de los delitos de privación ilegal de la libertad en concurso ideal con lesiones leves y abuso sexual con acceso carnal en concurso ideal con abuso sexual gravemente ultrajante. Tras validar el acuerdo alcanzado entre las partes se le impuso una pena de diez años de prisión y el remisero seguirá alojado en la Unidad Penal 15 de Batán.