Los acusan de hacer renunciar a empleada y hacerla firmar pagarés bajo amenazas

La fiscalía pidió el sobreseimiento, pero la Justicia de Garantías ordenó que ambos sean juzgados junto a la escribana que habría participado de la maniobra.

1 de Septiembre de 2019 20:07

Por Redacción 0223

PARA 0223

Pamela Valenzuela no imaginó al terminar sus vacaciones y volver a trabajar a la oficina, que sus dos jefes iban a acusarla de robo, obligarla a renunciar y, mediante amenazas, hacerla firmar una serie de pagarés mientras una escribana certificaba sus datos. Así fueron los hechos denunciados en julio de 2016 por la mujer y que tres años después de ocurridos, serán resueltos en un debate luego de que la Justicia de Garantías ordenara su elevación a juicio.

El larguísimo camino judicial de la causa 9174 logró revertir la singular visión del Ministerio Público Fiscal que a través de Lorena Irigoyen solicitó el sobreseimiento de los tres imputados al considerar que no existía otro testimonio “más que el de la denunciante”. Sin embargo, el abogado Martín Bernat -en representación de Valenzuela- cuestionó ese pedido y solicitó a la Justicia de Garantías que la causa llegue a juicio. En las últimas horas el Juez Gabriel Bombini le dio la razón y no hizo lugar al sobreseimiento pedido por el patrocinante de los imputados.

Acusación, telegrama y renuncia

Minutos antes de las 9 de la mañana del 11 de julio de 2016 Pamela Valenzuela entró a la oficina donde funcionaba la firma "Actis y Bayugar SRL" en la calle Falucho al 2900 –en la que trabajaba desde noviembre de 2012- para reintegrarse a sus funciones tras su licencia de vacaciones. Según su relato fue abordada por Gastón Actis y Rodrigo Bayugar –titulares de la firma- quienes la acusaron de robar dinero de las cobranzas y le dijeron que debía renunciar y firmar una serie de pagarés para restituir ese dinero.

Según el planteo del abogado Martín Bernat al solicitar la continuidad de la acción, “los dos hombres la obligaron a firmar un contrato de mutuo por el cual Valenzuela recibía en préstamo de Claudia Inés Cascarón la suma de 220 mil pesos y un pagaré en garantía de restitución de ese mismo monto”.

Para el profesional tanto Actis como Bayugar actuaron de manera coordinada, conjunta y en absoluto dominio de dicho accionar y le dijeron a su clienta que en caso de no firmar los documentos mencionados presentarían ante las autoridades una denuncia penal en su contra, con motivo de un faltante de dinero.

Abogado Martín Bernat (Foto: archivo 0223).

El accionar de los dos sujetos se habría reforzado con la participación de la Notaria Maite Valencia -cónyuge de Gaston Actis-, quien interviniendo como Adscripta al Registro Notarial N° 36 del Partido de General Pueyrredon, certificó las firmas de Pamela Valenzuela estampadas tanto en el contrato de mutuo como en el pagaré.

Valenzuela fue trasladada en un remís hasta la sede del Correo Argentino que funcionaba en Rawson y Sarmiento, donde firmó el telegrama que le pedían para renunciar a su trabajo. En la causa consta que fue con el texto escrito de antemano y que fue la propia empleada del Correo la que debió explicarle como redactarlo.

Desde un primer momento Bernat sostuvo que los hechos debían calificarse como coacción y debía atribuirse a Gastón Maximiliano Actis y a Rodrigo Francisco Bayugar su condición de coautores penalmente responsables y a Maite Valencia la de partícipe secundaria.

Un largo camino

La mujer declaró que ambos socios le dijeron que en su ausencia habían detectado un faltante de dinero y en claro tono amenazante le indicaron que conocían a su familia, a su pareja y que sabían que tenía una propiedad por lo que “si no hablaba, su abogado estaba esperando afuera para hacer una denuncia penal”.

“Ante esta situación y debido a que me sentía presionada y en una situación totalmente desconocida para mí, estaba asustada, no entendía nada. Había ahí dos hombres que podían ser mis padres, que me estaban acusando de algo que yo no había hecho y no sabía qué hacer” y agregó que la hicieron firmar un pagaré, un contrato y que le pidieron un remís para ir a renunciar a la sede del Correo Argentino.

Recién doce días después del hecho Valenzuela denunció lo sucedió en la sede de la DDI local –donde trabajaba un allegado suyo- y el 3 de agosto de 2016 envió un nuevo telegrama rectificando el anterior y una carta documento a Cascarón, quien figuraba como la persona a la que debía hacerle pagos mensuales para devolver el  supuesto préstamo.

Fiscalía Delitos Económicos. (Foto: archivo 0223).

La primera parada de la denuncia fue la fiscalía de Delitos Económicos, pero el 30 de agosto el fiscal Javier Pizzo dijo que la denuncia no era competencia de su fiscalía y la remitió a la mesa de entradas.

Por una cuestión de fechas el expediente llegó a la fiscalía de instrucción 8 –en ese momento a cargo de la fiscal María Isabel Sánchez- que resolvió en tiempo récord: en apenas dos días sostuvo que se estaba ante un caso de extorsión y la remitió a la fiscalía 12 a cargo de Lorena Irigoyen.

Entre pedidos de medidas probatorias a personal de la DDI y las notificaciones de rigor a Actis y Bayugar, en marzo de 2017 se presenta como particular damnificado el abogado Bernat que plantea la necesidad de investigar el hecho como una extorsión, aunque la fiscalía rechaza la solicitud y convoca a una audiencia.

El lento camino de la causa arrojó un dato importante para la hipótesis planteada por el particular damnificado  -luego de desistir la instancia de mediación- con la declaración que recién en marzo de 2018 brindó Claudia Inés Cascarón. La beneficiaria de esos pagarés reconoció que no conocía a Valenzuela, que nunca le había prestado dinero y que había aceptado el pedido hecho por su amigo Bayugar porque esos documentos no podían estar a nombre de la empresa.

El juicio como instancia de definición

Para el Juez Gabriel Bombini la investigación –prolongada en el tiempo- fue por demás compleja y “la solución que mejor se ajusta y merece el caso, resulta ser la dilucidación del mismo en el ámbito procesal".

Según el magistrado está plenamente acreditada la relación laboral preexistente, ratificada en su declaración la versión de Valenzuela acerca de la reunión que mantuvo con sus empleadores y la aparición de la escribana Valencia en la reunión señalada “junto con el libro indicado, y la suscripción de distintos documentos tales como el pagaré y el contrato de mutuo -ambos por la suma de doscientos veinte mil pesos y este último en favor de la Sra. Claudia Inés Cascaron- que también han sido reconocidos por los propios coimputados”.

El último tramo de la secuencia denunciada - el traslado de Valenzuela junto a Bayugar desde la oficina que ha sido escenario de los hechos, hasta el Correo Argentino- fue comprobado a partir de la declaración que dio el propio remisero que hizo efectivo ese viaje.

En la resolución Bombini sostuvo que el accionar “resulta no sólo eventualmente compatible con la posible expresión de las manifestaciones intimidantes señaladas, sino específicamente relevante y suficiente para constituirse "prima facie" en medio típico comisivo del delito provisionalmente enrostrado. En tal dirección, tengo para mí que se ha corroborado la existencia de inmediatez espacial y temporal entre el escenario de adjudicación a la denunciante del faltante de dinero y la suscripción posterior de los documentos referidos a una operación inexistente…debiendo incluso hacer alusión al intempestivo traslado, a través de un rodado de alquiler de la denunciante a sede del Correo Argentino con el fin de presentar el telegrama de renuncia”.

Los propios coencausados reconocieron en una declaración que entendieron que la manera de conseguir la devolución del dinero que a su entender le habían sustraído era a través del reconocimiento de la suma  mediante un mutuo. Señalaron que trataron de ser prácticos porque están acostumbrados al mundo de los negocios y trataron de “manejar todo los mas prolijamente posible, si llegaba a ocurrir que reconozca el hecho y llegar a renunciar, todo se haga prolijo y rápido, era una persona que no podíamos confiar para que vaya a la escribanía cuando le resulte cómodo ni tampoco que vaya al correo a renunciar".

“El actuar de los involucrados desplegado de modo preordenado (disponiendo documentos preconfeccionados sobre un operación comercial inexistente con una tercera persona, y con la convocatoria de la notaria -a su vez cónguye de uno de ellos- al lugar de los hechos-, súbito (desplegado con suma celeridad al reintegro inmediato de Valenzuela al que fuera su lugar de trabajo), en un contexto condicionante (con la presencia solitaria de una persona con varias personas reclamantes en una oficina), sugieren que el accionar de la nombrada no aparenta resultar, el propio de quien adopta una decisión libre y consensuada”, sostuvo el Juez.

Para el magistrado “el referido contexto de reducción de la libertad, se aprecia aún más sugestivo, cuando ese accionar viene complementado por la concreción de un traslado de la presunta víctima en vehículo remise, efectuado por uno de los encausados a la sede de una oficina de Correo Argentino, con un telegrama confeccionado de antemano, y en el que se consigna expresamente -por fuera de las formas rituales habituales- la expresión de renuncia "por propia voluntad", lo que mereció la objeción del representante de la firma, requiriendo la corrección respectiva, con la supresión de tal expresión”, señaló.

A su entender “estos indicios "prima facie" lejos de representar un accionar voluntario en el marco de una solución consensuada sugieren más bien una forma preordenada -por quienes aparecían como damnificados de una maniobra presuntamente ilícita- de resolver el entuerto que los perjudicaba acorde a sus reglas y voluntad”.

Bombini sostuvo que “más allá de la razón de fondo que pueda asistirle a los aquí procesados en torno a hechos que pudieran haberlos perjudicado patrimonialmente y la eventual adjudicación de responsabilidad que pudiera corresponderle en forma paralela a quien aquí aparece como damnificada, lo cierto es que se aprecia -al menos en esta instancia provisional- el presunto despliegue de una maniobra tendiente a resolver por una vía "ad hoc" y no amparada legalmente -en tanto condicionante de la libertad de aquella- el conflicto suscitado”.

De esta manera no hizo lugar al pedido de sobreseimiento formulado por la defensa y ordenó la elevación de la causa a juicio a instancias del particular damnificado respecto de Gastón Maximiliano Actis y Rodrigo Francisco Bayugar en su condición de coautores penalmente responsables y a Maite Valencia como partícipe secundario del delito de coacción. La medida puede ser apelada ante una instancia superior.